Boletín nº 82 (03-05-2023)

VIII. Otras Entidades

Agencia Provincial de la Energía
Córdoba

Nº. 1.769/2023

Título: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN, IMPULSO Y CONSOLIDACIÓN DE COMUNIDADES ENERGÉTICAS EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA 2023.

BDNS (Identif.) 690966

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/690966)

Extracto del acuerdo del Consejo Rector de la Agencia Provincial de la Energía de Córdoba, de 26 de abril de 2023, por el que se convocan subvenciones para la promoción, impulso y consolidación de comunidades energéticas en la Provincia de Córdoba - 2023.

PRIMERO. Beneficiarios

Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente Convocatoria los Ayuntamientos, así como cualquier otra entidad pública y/o privada de la Provincia de Córdoba. La razón social de la entidad solicitante debe ubicarse en la Provincia de Córdoba.

SEGUNDO. Objeto

Incentivar proyectos que contribuyan a la promoción, impulso y consolidación de comunidades energéticas en la Provincia de Córdoba. Para ello, serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:

-Realización de jornadas, encuentros, talleres u otros, cuya temática se centre en comunidades energéticas.

-Actividades de dinamización y comunicación.

-Estudios y/o proyectos.

-Realización de cursos de formación.

-Dinamización y apoyo de comunidades energéticas. Únicamente se tendrán en cuenta gastos de personal de contrataciones realizadas específicamente para tal fin. La fecha del contrato deberá ser posterior o igual a 1-01-2023.

-Apoyo a la participación: Los Ayuntamientos podrán solicitar una ayuda destinada a la participación como miembro de una comunidad energética de personas en situación vulnerable de su municipio. Podrán solicitar ayudas para destinar hasta 500 € por persona. El objetivo final es que las entidades locales tengan la posibilidad de apoyar a aquellos vecinos que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad y pobreza energética para minimizar el impacto del aporte de fondos para la participación inicial en la comunidad energética. Los vecinos que reciban esta financiación de la Entidad Local deberán comprometerse a permanecer, durante al menos 1 año, en la comunidad energética.

Las actuaciones subvencionadas deberán tener un coste subvencionable igual o superior a 3.000 € (IVA no incluido).

TERCERO. Bases reguladoras

Las Bases reguladoras de la convocan subvenciones para la promoción, impulso y consolidación de comunidades energéticas en la provincia de Córdoba-2023; se encuentran publicadas en la dirección web:

http://www.energiacordoba.es

CUARTO. Cuantía

La convocatoria está dotada con un presupuesto de 150.000,00€.

Aplicación 4251 462 00 transferencias corrientes a Ayuntamientos &70.000€.

Aplicación 4251 470 00 transferencias corrientes a empresas & 80.000€.

Se establece una cuantía máxima de subvención de 10.000,00€.

El porcentaje máximo de subvención de un proyecto será del 100% sobre el coste total subvencionable, con el límite en la cuantía final de 10.000,00€.

QUINTO. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se establece en 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEXTO. Otros datos

Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación indicada en la base 11 de la convocatoria.

Córdoba, 26 de abril de 2023. Firmado electrónicamente por el Presidente de la Agencia Provincial de la Energía de Córdoba, Víctor M. Montoro Caba.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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