Boletín nº 84 (05-05-2023)

VIII. Otras Entidades

Instituto Provincial de Bienestar Social
Córdoba

Nº. 1.768/2023

El Pleno de la Diputación de Córdoba, en sesión ordinaria, celebrada el pasado 15 de marzo de 2023, ha adoptado, entre otros, según consta en el borrador del acta, el siguiente acuerdo:

28. MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE BIENESTAR SOCIAL PARA EL EJERCICIO 2023. (GEX: 2023/7108).

&./&

I. Aprobar la modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo del IPBS para 2023 conforme a los siguientes términos:

(Ver Propuesta Relación Puestos de Trabajo del IPBS Ejercicio 2023 en Anexo adjunto)

II. Publicar el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba.

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el Pleno, de esta Diputación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que se publique, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los artículos 123.2 y 124 de la Ley 39/2015, arriba citada y 46 de la Ley 29/1998.

En el caso de la desestimación presunta del recurso de reposición, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

c) Cualquier otro recurso que Vd. estime conveniente en defensa de sus intereses.

La publicación íntegra de la RPT para el ejercicio 2023 se realiza en la página web o sede electrónica del IPBS, de conformidad con la Ordenanza de Transparencia y acceso a la información pública de la Diputación Provincial de Córdoba.

Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento del acuerdo adoptado.

EL PRESIDENTE DEL IPBS.

Córdoba, a 26 de abril de 2023. Firmado electrónicamente por el Presidente, Francisco Ángel Sánchez Gaitán.


Adjuntos: 1768_anexo.pdf |

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