Boletín nº 85 (08-05-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Rute
Nº. 1.889/2023
Una vez finalizado el plazo de exposición pública sin que se hubiesen presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobada la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Rute, y a los efectos prevenidos por el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el texto íntegro de la citada modificación, el cual, como Anexo se une al presente anuncio.
Rute, 3 de mayo de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Antonio Ruiz Cruz.
ANEXO 1
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.
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Art. 2:
(&&.) La bonificación tiene carácter rogado, debiendo solicitarse por el sujeto pasivo a la conclusión de la instalación, aplicándose a partir del ejercicio siguiente al de la citada instalación, siendo necesario acompañar la documentación justificativa de los extremos contenidos en este punto que al objeto le requiera este Excmo. Ayuntamiento.