Boletín nº 86 (09-05-2023)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.871/2023

El Pleno de esta Excma. Diputación, en la sesión ordinaria, celebrada el día 19 de abril del año en curso adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo según consta en el borrador del acta, aún pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de esta resultare y que presenta la siguiente literalidad:

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. La Diputación de Córdoba, a través del Departamento de Programas Europeos y Administración Electrónica, considera necesario utilizar los medios personales y técnicos de una entidad con personalidad jurídica para la adecuada prestación de las actividades contenidas en la Memoria del Proyecto Comercio Digital: descarbonización, transformación digital, formación, acompañamiento y desarrollo de la estrategia de marketing digital para los comercios de cercanía de los municipios menores de 5.000 habitantes de la provincia de Córdoba, mediante el instrumento jurídico Encargó a Medio Propio.

SEGUNDO. El objeto del encargo lo constituyen la ejecución de las actividades recogidas en la Memoria del Proyecto, recogida en el expediente.

TERCERO. En cuanto a su ejecución: El presente encargo producirá efectos a contar desde el día hábil siguiente a su firma y tendrá una vigencia hasta la finalización del proyecto presentado en la Memoria. En este sentido según la resolución de concesión de subvención la inversión y los gastos previstos deberán realizarse en el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio de 2024

Su vigencia inicial se podrá prorrogar, de forma expresa, por los períodos que convengan, siempre que continúen dándose las razones que justifican la necesidad de formalización del encargo.

En todo caso, las prórrogas quedarán supeditadas a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada en el presupuesto de la Diputación de Córdoba de las correspondientes anualidades.

La ejecución del encargo se realizará bajo la dirección del Gerente de EPRINSA que dispondrá el orden de los trabajos y las variaciones que en su caso procedan.

El equipo directivo de EPRINSA se constituirá como interlocutor y responsable de impartir órdenes e instrucciones de trabajos al resto de empleados de EPRINSA.

Con el fin de asegurar la ejecución prevista EPRINSA remitirá al Departamento de Programas Europeos de la Diputación de Córdoba un memoria trimestral que asegure su seguimiento.

CUARTO. El presupuesto del Proyecto asciende a seiscientos veinticinco mil euros (625.000,00 €), de los cuales 617.000,00 € constituyen el encargo a Eprinsa y 8.000,00 € (correspondientes al gasto en Auditoría Externa obligatoria del proyecto), los ejecutará directamente Diputación, y estará financiado con cargo al presupuesto general de la Diputación de Córdoba para el ejercicio 2023 con la siguiente distribución:

AÑO

IMPORTE

APLICACIÓN

PRESUPUESTARIA

2023

500.000,00 €

295.4311.22799

125.000,00 €

295.4311.22799 Modificación Presupuestaria II aprobada inicialmente por el Pleno de la Diputación en sesión de 15 de marzo de 2023

La Empresa deberá abordar, al menos, todos los aspectos que se recogen en la memoria justificativa del encargo previsto.

La facturación se realizará con periodicidad anual, trasladando las horas de personal realmente efectuadas a precio de tarifa vigente, así como el coste de los productos y servicios contratados por Eprinsa y efectivamente soportados para ejecutar el encargo.

Teniendo en cuenta lo establecido en la memoria aprobada, del total del Proyecto presentado, los recursos económicos por importe de 8.000 euros para la contratación y ejecución de la auditoría externa, se realizará por parte del Departamento de Programas Europeos de la Diputación de Córdoba, con lo que el importe total al que asciende el Encargo a realizar a Eprinsa es de 617.000,00 €.

Dada la repercusión económica del presente expediente, éste será objeto de fiscalización previa por el Servicio de Intervención de acuerdo a lo previsto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Hacienda Local aprobada por Real Decreto 2/2004, de 05 de marzo, y el artículo 11 del Reglamento de control interno de la Diputación de Córdoba. Se fiscalizará asimismo por la Intervención General en aplicación del artículo 86.2 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015 ).

El Proyecto en su totalidad ha sido financiado en los siguientes términos:

-Financiación Ministerio de Industria comercio y turismo: 500.000,00 €.

-Financiación Diputación de Córdoba: 125.000,00 €.

-Presupuesto total: 625.000,00 €.

Los costes de personal se facturará aplicando la tarifa vigente B1 Servicios técnicos y profesionales de la Ordenanza reguladora del Precio Público por los servicios prestados por EPRINSA.

La última actualización de esta tarifa publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 09 de agosto de 2022, asciende a 46,17 €/hora.

Dicha ordenanza no es de aplicación obligatoria a los encargos recibidos por EPRINSA por parte de la Diputación de Córdoba, por lo que siendo potestativa se hace uso de la misma para el presente encargo.

Los Costes de servicios prestados por personal externo, contrataciones y subcontrataciones a contratar para la ejecución del encargo se recoge de forma explícita en la memoria del proyecto que se incluye en el presente expediente, y se realizará de conformidad con lo establecido en la resolución de concesión y demás normativa de aplicación.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

PRIMERA. Legislación aplicable: Vendrá configurada por:

-Constitución Española.

-Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

-Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

-Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

-Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE.

-Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

-Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

-Ordenanza de Transparencia y Acceso a la información pública de la Diputación Provincial de Córdoba (BOP núm. 143, de 28 de julio de 2017).

-Estatutos Sociales Empresa Provincial de Informática SA.

El artículo 31 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, dedicado a regular la potestad de autoorganización y sistema de cooperación pública vertical y horizontal, señala las formas de cooperación entre sí que puedan realizar las entidades pertenecientes al sector público. Entre las formas de cooperación, sin que el resultado de la misma pueda calificarse de contractual, podemos mencionar los sistemas de cooperación vertical, que consisten en el uso de medios propios personificados en el sentido y con los límites establecidos en el artículo 32 para los poderes adjudicadores, en el ejercicio de su potestad de auto organización y mediante el oportuno acuerdo de encargo

SEGUNDA. La empresa EPRINSA tiene consideración de medio propio a tenor de lo previsto en la Base 17 E) de las Bases de ejecución del Presupuesto General de la Diputación para 2023.

La Empresa Provincial de Informática SA (EPRINSA) es una empresa pública creada por la Diputación de Córdoba con objeto de dar asistencia informática integral, formación de personal y producción cartográfica a las Administraciones locales de la provincia. Ayuntamientos, Diputaciones ,sus

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