Boletín nº 90 (15-05-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 2.039/2023

Título: CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES RECOGIDAS DENTRO DEL PLAN MUNICIPAL DE LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN, PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y EL EMPLEO, 2023

BDNS (Identif.) 692993

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/692993)

PRIMERO: BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, y sociedades mercantiles, con domicilio fiscal en Iznájar o que ejerzan su actividad principal de forma permanente en un inmueble ubicado en Iznájar o su término municipal y que estén dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente, de forma ininterrumpida hasta la fecha de presentación de la correspondiente solicitud y que tengan el carácter de micro empresas o pequeñas empresas de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) número 651-2014 de la Comisión.

SEGUNDO: OBJETO

La finalidad de la presente subvención es el fomento del desarrollo económico y social del municipio, a través del mantenimiento del empleo autónomo y de la actividad empresarial de las pymes que constituyen mayoritariamente el tejido empresarial del municipio. Se pretende facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, el mantenimiento de la actividad económica y amortiguar la reducción drástica de ingresos de los autónomos y empresas iznajeñas, evitando el cese definitivo de las mismas, y por tanto, la destrucción de empleo ante esta situación excepcional.

TERCERO: BASES REGULADORAS

Las bases reguladoras se encuentran publicadas en la BDNS y en la web municipal www.iznajar.es

CUARTO: CUANTÍA

-Ayuda directa de 5.000,00 € para aquellos emprendedores que adquieran un bien inmueble en el P.I. Las Arcas para la creación de una nueva actividad en el periodo comprendido entre el 01/11/2022 al 31/10/2023.

-Ayuda directa de 500 € por contrato realizado desde el 01/11/2022 al 31/10/2023 (MÁXIMO 4 TRABAJADORES).

-Ayuda directa de hasta 1.750,00 euros para el establecimiento al inicio de nueva actividad económica de emprendedores que causen alta en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as o aquel que legalmente le sustituya en el periodo de 01/11/2022 al 31/10/2023.

En el caso de nuevas actividades en lasque la persona titular obtenga bonificación en las cuotas a la Seguridad Social por tarifa plana u otras, la ayuda directa será de hasta 1.200,00 euros. Para el caso de emprendedores menores de 30 años la ayuda se incrementará en 250 €.

-Ayuda directa de hasta 1.500,00 euros para el establecimiento al inicio de nueva actividad económica a personas emprendedoras que causen alta mediante la creación de sociedad en cualquiera de sus formas jurídicas en el periodo de 01/11/2022 al 31/10/2023.

-Subvención del 50% de los intereses satisfechos por razón de operaciones financieras, directamente vinculadas con la actividad desarrollada, con un límite de 2.000,00 € efectivamente realizados en el periodo de 01/11/2022 al 31/10/2023.

QUINTO: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo para presentar las solicitudes será del 2 al 17 de noviembre de 2023.

Iznájar, 10 de mayo de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde Presidente, Lope Ruiz López.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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