Boletín nº 90 (15-05-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 2.040/2023

Título: CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS DE LA SUBVENCIÓN PARA AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DESTINADAS A FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE IZNÁJAR EJERCICIO 2023.

BDNS (Identif.) 693004

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/693004)

PRIMERO. Beneficiarios:

Los beneficiarios de la ayuda serán el/los hijo/s independientemente de que los solicitantes de la ayuda sean ambos progenitores o adoptantes o uno de ellos como titulares del Libro de Familia en el que figure registrado su nacimiento o adopción.

SEGUNDO. Objeto:

Fomentar y ayudar a la natalidad de los habitantes del municipio de Iznájar, en apoyo a la familia, a la conciliación de la vida familiar y laboral, y a paliar lo gastos originados por el nacimiento o la adopción de uno o más hijos.

TERCERO. Bases Reguladoras:

Las bases reguladoras se encuentran publicadas en la BDNS. en la página web del Ayuntamiento de Iznájar www.iznajar.es

CUARTO. Cuantía:

- 500 euros por el primer hijo (en el caso de que fuese el primer hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).

- 1.000 euros por el segundo hijo (en el caso de que fuese el segundo hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).

- 1.500 euros (en el caso de que fuese el tercer hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).

QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de la solicitud por hijo/a nacido o adoptado a partir del 01/12/2022, inclusive podrá efectuarse a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Iznájar y hasta el día 30 de noviembre de 2023.

Iznájar, 10 de mayo de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad