Boletín nº 92 (17-05-2023)

II. Administración Electoral

Junta Electoral de Zona
Córdoba

Nº. 2.105/2023

JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE CÓRDOBA

Don Juan Calzado Juliá, Secretario de la Junta Electoral de Zona de Córdoba, por medio del presente CERTIFICO que en el expediente electoral a mi cargo correspondiente a las elecciones Municipales, y elecciones a la Presidencia de las Entidades Locales Autónomas existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía obra lo siguiente:

6.- Comparecen, previamente convocados, los Letrados don Eduardo García Bala y doña María Cristina Ranz Garijo, a quienes por el Sr. Presidente se da a conocer la comunicación de la Junta Electoral Provincial por la que se le designan como Vocales no Judiciales, y manifiestan que aceptan la designación hecha a su favor y que no les comprende ninguna de las incompatibilidades ni prohibiciones legales para la ostentación del cargo de Vocal no Judicial, teniéndoles por posesionados de dicho cargo y dándoseles la bienvenida por el Sr. Presidente y demás miembros asistentes.

La composición definitiva de esta Junta es la siguiente:

Presidenta:

Doña María Dolores Magdalena Rivas Navarro, Magistrada del Juzgado de Instrucción nº 7 de Córdoba.

Vocales judiciales:

Don Álvaro Carbonell Celdrán, Magistrado del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Córdoba y don Antonio Fuentes Bujalance, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba.

Vocales no judiciales:

Sr. Don Eduardo García Bala y Sra. Doña María Cristina Ranz Garijo, Licenciados en Derecho con residencia en Córdoba.

Secretario:

Don Juan Calzado Juliá, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Córdoba.

Lo anterior concuerda bien y fielmente con su original. Siguen las firmas de los miembros de la Junta y está el sello de la misma.

Y para que conste expido el presente. Firma y fecha ut infra.

Tenga en cuenta el receptor de la presente que el acuerdo que se notifica es susceptible de ser recurrido ante la Junta Electoral Provincial de Córdoba, debiendo interponerse el recurso ante esta Junta Electoral de Zona el día siguiente de aquél en que se notifique el acuerdo, agotándose el plazo a las 24 horas de la notificación. Esta Junta, con su informe, ha de remitir el expediente en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Junta que debe resolver (artículo 21 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General e Instrucción 11/2007, de 27 de septiembre de la Junta Electoral Central).

Córdoba, 12 de mayo de 2023. Firmado electrónicamente por el Secretario, Juan Calzado Julia.

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