Boletín nº 98 (25-05-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montoro
Nº. 2.045/2023
Por Resolución de la Alcaldía nº 794/2023, se ha adoptado la que transcrita dice así:
Por el Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria, celebrada el 15 de marzo de 2023, acordó Aprobar Provisionalmente el Plan Provincial de Cooperación para la prestación del Servicio de Recogida de Perros Vagabundos en la Provincia de Córdoba para los años 2023-2024.
Con esta Adhesión al Plan Provincial, como ha informado la Secretaría General, se realiza una encomienda de gestión de actividades de carácter material prevista en el artículo 11 de la Ley 40/2015 en esta materia y como se recoge en el punto III, la prestación de colaboración de la Diputación de Córdoba a los Ayuntamientos en dicha materia, no exime a éstos, como titulares de la competencia municipal de recogida de perros vagabundos, de la necesidad de tener regulada tal actividad municipal, a la luz de la vigente normativa.
Este Ayuntamiento mantiene un Convenio con el Colegio Oficial de Veterinarios de Córdoba para la creación y desarrollo del Registro Municipal de animales de compañía, que fue aprobado por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, el 28/09/2005, y se prorroga anualmente.
En uso de las atribuciones conferidas por el presente,
RESUELVO:
PRIMERO: Acogerse al Plan Provincial de Cooperación para la prestación del Servicio de Recogida de Perros Vagabundos en la Provincia de Córdoba para los años 2023-2024.
SEGUNDO: Aceptar expresamente el compromiso de aportación de 6.336,79 euros que corresponde a este Ayuntamiento para la cofinanciación del coste total del Servicio para el próximo Bienio, asumiendo el compromiso de consignar en la partida 3121 22699 PROMOCIÓN DE LA SALUD-OTROS GASTOS DIVERSOS, la cantidad de 3.168,39 euros para el ejercicio 2023, y 3.168,39 euros para el ejercicio 2024.
TERCERO: Autorizar a la Diputación de Córdoba para percibir directamente del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria, la citada aportación con cargo a las liquidaciones a favor del Ayuntamiento que le practica el Servicio. La referida autorización tiene carácter irrevocable hasta que el Ayuntamiento cancele las obligaciones derivadas de su aportación económica.
CUARTO: Facultar la Sra. Alcaldesa, tan ampliamente como en derecho fuera necesario, para la adopción de las decisiones y firmas de documentos exijan el mejor desarrollo del presente acuerdo.
QUINTO: Dar traslado de este acuerdo a la Intervención de Fondos.
SEXTO: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
SÉPTIMO: Dar cuenta de esta Resolución en la próxima sesión plenaria".
Montoro, 20 de abril de 2023. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Dolores Amo Camino.