Boletín nº 98 (25-05-2023)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC)

Nº. 2.243/2023

Título: EXTRACTO DEL ACUERDO DEL CONSEJO RECTOR DEL IMDEEC Nº 16/2023 PUNTO 2º DE FECHA 19/05/2023 Y BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE INCENTIVOS AL AUTÓNOMO, EMPRENDIMIENTO Y PROYECTOS DE AUTOEMPLEO 2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/697267).

BDNS (Identif): 697267

PRIMERO. Objeto

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, la Convocatoria de Incentivos al Autónomo, Emprendimiento y Proyectos de Autoempleo 2023, - AUTOEMPLEO 2023- dirigida a fomentar proyectos empresariales generadores de riqueza y empleo en su fase inicial de lanzamiento y puesta en marcha, así como al fomento del mantenimiento del empleo y de autónomos atendiendo a las necesidades básicas de las empresas, evitando el cierre de las mismas como consecuencia de la inflación, la crisis energética que asfixia al tejido empresarial y la actual situación de los escasos recursos hídricos que merman la competitividad de las empresas.

El incremento del precio de la energía (electricidad, gas, combustible...) inmerso en una escalada sin control (la factura eléctrica comenzó su andadura alcista en el verano 2021 y desde entonces no se ha quitado de encima la coletilla de cifra histórica) presiona sobre unos márgenes muy mermados por la pandemia, lo que ya provoca subidas en otros productos (materias primas) y amenaza con borrar de un plumazo la rentabilidad de muchos negocios e incluso provocar cierres.

A través de la Convocatoria se pretende contribuir al desarrollo de proyectos de autoempleo fundamentalmente promovidos por personas jóvenes (hasta 40 años inclusive), mayores de 56 años (inclusive), mujeres, colectivos con especiales dificultades, así como, entre los residentes de las zonas más desfavorecidas de la ciudad de Córdoba que, a través del emprendimiento y el desarrollo de actividades empresariales encuentran una salida al desempleo. Igualmente se pretende contribuir al sostenimiento de empresas que desarrollan proyectos de mantenimiento de empleo.

En este año 2023 se incorpora la Línea 3 para el apoyo específico a empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental, vinculadas a CÓRDOBA BIOTECH (1). El proyecto financiado por FEDER prevé que 125 empresas reciban apoyo en forma de asistencia financiera directa no reembolsable, objetivo por lo que el IMDEEC pone al servicio el presente instrumento para las empresas del sector vinculadas a la incubadora.

SEGUNDO. Beneficiarios

A) Línea 1: Empresas de nueva creación.

Empresas, pequeñas o medianas, con personalidad jurídica, así como personas físicas (empresario/a individual, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, comunidad de bienes o sociedad civil), legalmente constituidas en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 junio de 2023 (ambos inclusive) por persona/s emprendedora/s en situación de desempleo, que creen su propio puesto de trabajo, que cumplan con los siguientes requisitos en su caso:

-La/s persona/s emprendedora/s ha/n de estar en situación de desempleo a la fecha de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional.

-La/s persona/s emprendedora/s en situación de desempleo ha/n de darse de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional, en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 junio de 2023 (ambos inclusive). Dicha fecha de alta no diferirá de la fecha de alta en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria (Certificado de Declaración Censal) en más de tres meses.

-La/s persona/s emprendedora/s deberá/n cumplimentar debidamente la cuenta justificativa de la correspondiente solicitud, así como aportar los justificantes de gastos, pagos y documentación acreditativa, correspondientes a los conceptos de gasto subvencionables de la base nº 6 de estas Bases reguladoras relacionados en la mencionada cuenta justificativa, realizados como consecuencia de la puesta en marcha de la actividad empresarial, del centro de trabajo ubicado en el municipio de Córdoba, que hayan sido realizados y pagados en el período comprendido entre los 12 meses anteriores y 3 meses posteriores, respecto del mes de alta (sin contar éste) en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional de la persona emprendedora.

B) Línea 2: Empresas que desarrollen Proyectos al fomento del mantenimiento de empleo y autónomos. Empresas, pequeñas o medianas con personalidad jurídica o como personas físicas (empresario/a individual, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, comunidad de bienes o sociedad civil), legalmente constituidas y con alta en el IAE anterior al 30 de junio de 2022, que cumplan con el siguiente requisito:

-Cumplimentar debidamente la cuenta justificativa de la correspondiente solicitud, así como los justificantes de gastos, pagos y documentación acreditativa, correspondientes a los conceptos de gasto subvencionables de la base nº 6 de estas Bases reguladoras relacionados en la mencionada cuenta justificativa, realizados para sufragar los gastos corrientes de funcionamiento y otros afectos a la actividad económica del centro de trabajo ubicado en el municipio de Córdoba, que hayan sido realizados y pagados en el período comprendido entre el 1 de mayo de 2022 y el 30 de abril de 2023 (ambos inclusive).

C) Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental. Empresas, pequeñas o medianas con personalidad jurídica o como personas físicas (empresario/a individual, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, comunidad de bienes o sociedad civil), legalmente constituidas y con alta en el IAE anterior al 30 de junio de 2023, que cumplan con los siguientes requisitos:

-Que realicen proyectos o investigación biotecnológica, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental (se acreditará mediante Declaración Responsable al efecto del representante legal de la empresa solicitante).

-Tener suscrito un acuerdo de alojamiento, presencial o virtual, en la Incubadora de Alta Tecnología Córdoba Biotech, en el marco del apartado anterior. En caso de no contar con acuerdo de alojamiento, podrá realizar la correspondiente solicitud a través del email convocatorias@cordobabiotech.es, o en la web: www.cordobabiotech.es. Dicha solicitud deberá ser presentada con anterioridad al 1 de julio de 2023.

-Cumplimentar debidamente la cuenta justificativa de la correspondiente solicitud, así como presentar los correspondientes justificantes de gastos, pagos y documentación acreditativa, correspondientes a los conceptos de gasto subvencionables de la base nº 6 de estas Bases reguladoras relacionados en la mencionada cuenta justificativa, realizados en el centro de trabajo ubicado en la Incubadora de Alta Tecnología Córdoba Biotech, o cuando el acuerdo de alojamiento en dicha incubadora, sea virtual los gastos realizados en el centro de trabajo del municipio de Córdoba, que hayan sido realizados y pagados en el período comprendido entre el 1 de mayo de 2022 y el 30 de junio de 2023 (ambos inclusive).

El perfil de las empresas destinatarias de la Línea 3, será el siguiente:

-Spin-offs nacidos en el mundo académico e investigador a partir de un resultado de investigación, en los ámbitos biosanitario, agroalimentario y/o medioambiental.

-Spin-outs de empresas existentes en los sectores de la biomedicina o la bioagricultura que deseen lanzar una empresa para asumir nuevos proyectos o líneas de investigación.

-Proyectos emprendedores y startups que encuentren en el sector biotecnológico una oportunidad empresarial.

-Empresas de Base Tecnológica (EBT) constituidas conforme a la normativa vigente.

-Empresas basadas en el conocimiento (EBC) derivadas de otras universidades públicas o privadas, o de centros tecnológicos.

Además, para todas las líneas y con carácter general deberán cumplir el siguiente requisito:

-Estar ubicadas y ejercer su actividad, en el municipio de Córdoba (hecho que se deberá reflejar en el certificado de situación censal, Actividades Económicas, dirección del local determinado. No se considerará que la empresa ejerce actividad en el municipio de Córdoba, cuando los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba sean considerados locales indirectamente afectos a la actividad (almacenes, depósitos, centros de dirección&) o en el caso de personas jurídicas (con domicilio fiscal y/o social fuera del municipio de Córdoba), cuando estas no tengan personas trabajadoras contratadas en el centro de trabajo del municipio. Si ejercen o desarrollan su actividad fuera de un local determinado, su domicilio fiscal o social ha de estar ubicado en el municipio de Córdoba. O bien que dispongan de licencia de autorización otorgada por el Ayuntamiento de Córdoba para la prestación del servicio urbano de taxi como actividad privada reglamentada y que realicen conceptos de gasto subvencionables referidos a dicha autorización.

-En caso de presentar más de una solicitud de participación para la presente convocatoria, sólo podrá ser beneficiaria de una de las líneas

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