Boletín nº 109 (12-06-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Palmera
Nº. 2.447/2023
Por Resolución de Alcaldía nº 1190/2023, de fecha 31 de mayo de 2023, se ha efectuado el nombramiento de doña Carmen Lucena Hinojosa con DNI **5341***, para cubrir una plaza de Funcionario de Carrera, Escala Administración General, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1, plaza de Asesora Jurídica del CMIM, con fecha de efectos el día 1 de junio de 2023, correspondiente a la Oferta de Empleo Público extraordinaria de estabilización de empleo temporal del año 2022 del Ayuntamiento de Fuente Palmera.
Lo que se hace público a los efectos del artículo 62 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y del artículo 25.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa en relación con el artículo 46 de la citada Ley Jurisdiccional.
En el supuesto de que fuese interpuesto recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado.
No obstante se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Fuente Palmera (Córdoba), 2 de junio de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde en funciones, Francisco Javier Ruiz Moro.