Boletín nº 140 (25-07-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 3.309/2023

Título: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA EL CURSO 2023/2024.

BDNS (Identif.) 709250

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/709250)

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA EL CURSO 2023/2024.

OBJETO Y FINALIDAD.

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas para aquellas familias con hijos/as matriculados en el Segundo Ciclo de Educación Infantil (3 a 5 años) para el curso escolar 2023/2024, con el fin de contribuir a compensar el coste extraordinario derivado de la adquisición de libros y material escolar.

PRESUPUESTO Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.

El presupuesto máximo disponible para la concesión de subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 4.100,00 €, imputándose las mismas a la aplicación presupuestaria 3260.48004 Becas y Programas Educativos del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2023 del Ayuntamiento de La Rambla.

Las ayudas objeto de concesión consistirán en 41 ayudas con una dotación de 100,00 € cada una, teniendo en cuenta que no se concederá en ningún caso ayudas a más de dos miembros de la misma unidad familiar.

DESTINATARIOS.

Serán destinatarios de estas subvenciones familias con hijos/as matriculados en el 2º Ciclo de Educación Infantil (edad comprendida entre 3 y 5 años, ambos inclusive) curso escolar 2022/2023 en cualquiera de los Colegios Públicos Municipales de La Rambla y figuren empadronados/as en el término municipal de La Rambla.

ESTUDIOS NO SUBVENCIONABLES.

Con el objeto de evitar cualquier incompatibilidad entre la ayuda regulada en las citadas bases y cualquier otra ayuda que para la misma finalidad se hubiera concedido al solicitante en relación al curso 2023/2024, con cargo a cualquier entidad pública o privada, quedan expresamente excluidos los niveles y/o etapas educativas siguientes:

1. Primer ciclo de Educación Infantil.

2. Educación primaria Obligatoria.

3. Educación Secundaria Obligatoria.

4. Bachiller, formación profesional o titulación equivalente.

5. Universidad y demás ciclos análogos.

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN.

Con carácter general, son requisitos indispensables para obtener la condición de beneficiario de las ayudas que se convocan aquellas familias con hijos en quienes concurran las siguientes circunstancias:

-Tener hijos empadronados en el término municipal de La Rambla, con una antigüedad mínima de doce meses anteriores al momento de presentar la solicitud.

-Estar matriculado para cursar estudios de Enseñanza Infantil en el presente curso 2023/2024.

-No estar incursos en ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13 punto dos y tres de la LGS, así como hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no ser deudor por resolución de procedimiento de reintegro.

-La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se efectuará mediante la presentación de declaración responsable acreditativa de su cumplimiento, conforme lo previsto en el artículo 24 del Reglamento General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de la Rambla en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes o por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas.

No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en esta convocatoria, resolviéndose su inadmisión, que deberá ser notificada a los interesados.

La solicitud en sí mismo, no genera derecho alguno.

DOCUMENTOS QUE DEBERÁ ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD.

Las solicitudes se presentarán en modelo normalizado, incluido en el Anexo I de esta convocatoria, que se facilitará en el Ayuntamiento de La Rambla en horario de oficina de 9:00 a 14:00 horas y que también se podrá descargar en la página Web debiendo ir acompañada de la documentación que se indica a continuación:

DOCUMENTACIÓN GENERAL (Obligatoria para todos los solicitantes).

-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante (padre, madre o tutor del menor).

-Fotocopia de la matrícula oficial del alumno o certificado del Centro para el curso escolar 2023/2024.

-Volante de empadronamiento acreditativo de las personas que forman parte de la unidad de convivencia (este documento será aportado de oficio por el propio Ayuntamiento).

-Copia de la declaración de la renta ejercicio 2022 de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años o certificado de estar exentos de la realización de la misma junto con los datos fiscales del IRPF correspondientes al ejercicio 2022 emitidos por la Agencia Tributaria.

-Informe de vida laboral , sólo si está desempleado o no trabaja a jornada completa

-Hoja de autobaremación cumplimentada en su totalidad.

-Certificación de cuenta con entidad bancaria cuya titularidad corresponda al solicitante.

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA (a aportar sólo por aquellos solicitantes que se encuentren en tal situación).

-En supuestos de separación de hecho, se deberá presentar justificante de interposición de demanda de separación u otro documento que avale dicha situación.

-En supuestos de separación legal o divorcio, deberá presentarse sentencia judicial que determine la misma o, en su caso, convenio regulador donde conste la custodia del menor. En supuestos distintos de los anteriores, deberá aportarse informe del Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de La Rambla que acredite la situación de convivencia del menor para el que se solicita la beca y de todos los familiares que conviven con él.

-En caso de familia monoparentales, se deberá aportar fotocopia del Libro de Familia.

-En su caso, fotocopia del carnet de familia numerosa.

En La Rambla, 20 de julio de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jorge Jiménez Aguilar.

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