Boletín nº 169 (05-09-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente-Tójar

Nº. 3.830/2023

Anuncio del Ayuntamiento de Fuente-Tójar por el que se hacen públicas las Bases Reguladoras de la Convocatoria de Oferta de Empleo Público para la mejora de la ocupabilidad e inserción laboral mediante la contratación de un/a Técnico/a Especialista en Igualdad, dentro de la Convocatoria de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas que desarrollen proyectos, programas y actividades para conseguir la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la eliminación de la discriminación por razón de sexo u orientación sexual, en la provincia de Córdoba, 2023, aprobadas por Resolución de Alcaldía 608/2023.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término referente a personas como candidato, técnico, etc& debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

BASE 1. Objeto de la convocatoria

El objeto de la presente convocatoria es la generación de oportunidades de empleo en Fuente-Tójar, para personal cualificado, al tiempo que se trabaja para favorecer y fortalecer las relaciones intergeneracionales fomentando la igualdad entre hombres y mujeres, así como de cualquier orientación sexual a través de actividades de educación y concienciación.

Para ello se va a llevar a cabo la contratación de un Técnico Especialista en Igualdad, en régimen laboral y con carácter temporal, afecta a la Convocatoria de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, para el ejercicio 2023, de la LÍNEA B) de Subvenciones a Municipios y Entidades Locales Autónomas que desarrollen Proyectos, Programas y Actividades para conseguir la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la eliminación de la discriminación por razón de sexo u orientación sexual, en la provincia de Córdoba 2023.

La contratación se realizará bajo la modalidad de contrato vinculado a programas de activación para el empleo, en virtud de lo establecido en la Disposición Adicional Novena del Texto Refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

El carácter del contrato será temporal de duración determinada entendiéndose extinguida esta relación al finalizar dicho período. Estableciéndose un periodo de prueba de 15 días, en virtud de lo establecido en el artículo 14.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En virtud de las atribuciones que me están conferidas por el artículo 21.1. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 41.14 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, atendiendo a razones justificadas de necesidad y urgencia que precisan de un procedimiento de selección ágil, pero que, en todo caso, respeta los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, así como los principios rectores que conducen a la adquisición de la relación de servicios prevista en el ordenamiento jurídico y en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Las tareas a desempeñar serán desarrollar el Proyecto de Actividades Fuente-Tójar Comprometid@s por la Igualdad, subvencionado en la LÍNEA A) de la mencionada Convocatoria, así como la realización de otras tareas relacionadas con el puesto.

BASE 2. Duración del contrato

El contrato tendrá una duración de seis meses, a tiempo parcial [20 horas/semana], comenzando el 02/10/2023.

BASE 3. Requisitos de los aspirantes

Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad que, para el ingreso al servicio de la Administración Local, establecen las disposiciones legales vigentes y las bases que rigen la Convocatoria de Subvenciones a Municipios y Entidades Locales Autónomas que desarrollen Proyectos, Programas y Actividades para conseguir la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la eliminación de la discriminación por razón de sexo u orientación sexual, en la provincia de Córdoba, 2023:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sobre acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de una titulación académica mínima de Bachiller o equivalente.

f) Tener formación en políticas de igualdad, perspectiva de género e igualdad de oportunidades, siendo requisito indispensable, tener una formación de al menos 100 horas.

BASE 4. Lugar y plazo de presentación de solicitudes

A los efectos de permitir la participación en el procedimiento de selección se permite la presentación de ofertas a través de los siguientes medios:

a) De forma presencial en el propio Ayuntamiento con domicilio en calle Castil de Campos, número 4, CP 14815, Fuente Tójar (Córdoba), en horario de 09:00h. a 14:00h. ante la Oficina de Registro de esta Corporación Local.

b) A través del Registro Electrónico de la Sede Electrónica Municipal [www.fuente-tojar.es/sede]

c) A través del Servicio de Correos. La documentación enviada en sobre cerrado a través del Servicio de Correos habrá de llegar dentro del plazo para la presentación de solicitudes, en caso contrario, quedará excluida.

No obstante, las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Los candidatos que estén interesados deberán formular solicitud en el Registro de Entrada de Documentos de esta Entidad Local, a través de cualquiera de las formas indicadas, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

La documentación remitida a través de Sede Electrónica se enviará en un único documento.pdf.

BASE 5. Comisión de Selección

Se establecerá una Comisión de Selección, con la siguiente composición:

1. Presidencia: Un funcionario de la Corporación.

2. Secretaría: Secretaria de la Corporación o funcionario público en quien delegue.

3. Un vocal: Un empleado público de la Corporación.

Actuando la Secretaría con voz y voto.

Los miembros de la Comisión de Selección deberán poseer un nivel de titulación o especialización iguales o superiores al exigido para el acceso al puesto de trabajo ofertado.

Para la válida constitución de la Comisión de Selección en cada una de sus sesiones, será necesaria la asistencia del Presidente y el Secretario en todo caso.

En caso de que sea necesario, la Alcaldía proveerá los suplentes que en cada caso se requiera, pudiendo pertenecer a otra administración pública si no hubiese otra opción.

La sesión de valoración y selección tendrá lugar en las dependencias del Ayuntamiento, dentro de los cinco días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Finalizado el procedimiento selectivo, la Comisión de Selección hará pública la relación de aspirantes que lo han superado por orden de puntuación, dando un plazo de alegaciones de 5 días naturales a partir del día siguiente al de su publicación.

Evacuado el trámite se elevará Propuesta de Resolución a la Alcaldesa/Presidenta para la contratación laboral temporal del candidato propuesto. Contra la propuesta de la Comisión, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante la Alcaldesa/Presidenta.

En el caso de que la persona inicialmente propuesta renunciase al puesto, tanto en el momento en el que se le notificase como a lo largo del desarrollo del contrato, se contratará a la persona aspirante que hubiese alcanzado la segunda mejor puntuación, según la Comisión de Selección, y así sucesivamente.

BASE 6. Comunicaciones y notificaciones

Solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones y notificaciones derivadas de esta Convocatoria efectuadas a través del Tablón de Edictos Electrónico de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuente-Tójar accesible a través de la dirección de internet: www.fuente-tojar.es/sede. Ésta suple la notificación individual y surtirá los mismos efectos.

BASE 7. Criterios de Selección

7.1. Méritos Profesionales. Se considerarán méritos profesionales la experiencia laboral debidamente acreditada por la persona solicitante mediante original o copia de documentos justificativos. Se valorará la experiencia laboral en el propio Ayuntamiento o en otras Administraciones Públicas en igual categoría profesional o de similar contenido funcional: 0,25 puntos por mes trabajado o fracción superior a quince días en jornada completa, reduciéndose proporcionalmente el prestado a tiempo parcial.

7.2. Formación. Se considerarán méritos académicos la formación relacionada con la categoría profesional del puesto de trabajo a desempeñar [desarrollar el Proyecto de Actividades Fuente-Tójar Comprometid@s por la Igualdad], así como la realización de otras tareas relacionadas con el puesto, acreditada por la persona solicitante mediante original o copia de documentos justificativos. La titulación habilitante para participar en esta convocatoria no puntuará [Bachillerato o equivalente].

-Por titulación de Licenciatura y/o Grado Universitario: 6 puntos.

-Por titulación de Diplomatura Universitaria: 4 puntos.

-Por Ciclo Formativo de Grado Superior o FP II: 2 puntos.

-Por Ciclo Formativo de Grado Medio o FP I: 1punto.

-Por Máster o Curso de Doctorado: 1 punto.

-Por Cursos de formación no reglada, relacionados con el puesto de trabajo ofertado, organizados por Administraciones Públicas, organizaciones de trabajadores o empresarios, o empresas privadas con duración igual o superior a 20 horas, para la obtención de puntos se aplicará la siguiente fórmula: Nº de horas x 0,005 puntos (0,10 puntos por cada 20 horas cursadas).

No tendrán la consideración de curso a efectos de valoración de méritos las asignaturas contempladas dentro de un plan de estudio o curso académico.

En el supuesto de que la duración de los cursos esté expresada en Créditos, éstos se valorarán, si los créditos son CETC (25 horas) o Créditos tradicionales de España (10 horas).

No se valorará ninguna otra titulación que no esté recogida en las presentes bases.

Para acreditarlos se deberá aportar fotocopia de los títulos o diplomas, en los que conste necesariamente su duración expresada en horas lectivas o días, o en su defecto, certificado del Centro Impartidor en el que se haga constar la duración de los mismos. Si la duración se expresa en días se entenderá que cada uno de ellos equivale a 6 horas lectivas.

No serán tenidos en cuenta los méritos que no estén acreditados documentalmente ante la Comisión de Selección.

7.3. Circunstancias personales. Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el S.A.E. a la fecha de presentación de la solicitud ------------ 5 puntos. [Esta circunstancia se acreditará mediante certificado de demandante de empleo expedido por el SAE indicando la antigüedad como demandante de empleo (se admite la presentación conjunta de DARDE e Informe de periodos de inscripción)].

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo en primer lugar a la mayor puntuación en el criterio de Méritos Profesionales [7.1], si continúa dicho empate, se atenderá a la persona que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de las circunstancias personales [7.3]. Si aún persistiese el empate, se atenderá a la persona que haya obtenido mayor puntuación en el apartado de formación [7.2].

Si aun así persiste el empate, se atenderá al tiempo que la persona haya estado inscrita en el SAE como demandante de empleo, y si aun así continúa el empate, éste se decidirá mediante sorteo, el cual se realizará por los miembros de la Comisión de Valoración en el mismo acto.

Todos los méritos habrán de ser relacionados y autobaremados por la persona interesada que solicite participar en la convocatoria. No serán tenidos en cuenta por la comisión de selección aquellos méritos que no hayan sido relacionados y autobaremados.

BASE 8. Documentación a presentar por las personas candidatas

Además de la señalada en la Base 7, habrá de aportarse la siguiente documentación: Declaración responsable conforme al Modelo ANEXO I, Declaración Responsable según Modelo ANEXO II y relación y autobaremación de méritos conforme al Modelo ANEXO III, Informe de vida laboral, contratos de trabajo, copia del DNI, en caso de estar desempleado, certificado de demandante de empleo expedido por el SAE indicando la antigüedad como demandante de empleo (se admite la presentación conjunta de DARDE e Informe de periodos de inscripción), así como cuanta documentación la persona interesada considere conveniente para su interés.

BASE 9. Resultado final

Finalizado el procedimiento selectivo, la Comisión de Selección hará pública la relación de aspirantes que lo han superado por orden de puntuación, dando un plazo de alegaciones de 5 días naturales a partir de su publicación. Evacuado el trámite se elevará Propuesta de Resolución a la Alcaldesa/Presidenta para la contratación laboral temporal del candidato propuesto. Contra la propuesta de la Comisión, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante la Alcaldesa/Presidenta.

En el caso de que la persona inicialmente propuesta renunciase al puesto, tanto en el momento en el que se le notificase como a lo largo del desarrollo del contrato, se contratará a la persona aspirante que hubiese alcanzado la segunda mejor puntuación, según la Comisión de Selección, y así sucesivamente.

BASE 10. Normas finales

La solicitud para tomar parte en la convocatoria, constituye el sometimiento expreso de las personas aspirantes a las bases reguladoras de las mismas que tienen consideración de Ley reguladora de esta convocatoria.

Estas Bases son definitivas en vía administrativa y contra las mismas puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que las hubiera dictado en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Lo firma electrónicamente la Sra. Alcaldesa/Presidenta, doña María F. Muñoz Bermúdez, en Fuente-Tójar, a 1 de septiembre de 2023.


Adjuntos: 3830_anexos.pdf |

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad