Boletín nº 177 (18-09-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Doña Mencía
Nº. 3.928/2023
Expdte. Gex 2901/2023.
EDICTO
Don Salvador Cubero Priego, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Doña Mencía, hace saber:
Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en ejercicio de las competencias delegadas por Resolución de la Alcaldía número 2023/00000518, de 10 de julio de 2023, en sesión ordinaria, celebrada el día 10 de agosto de 2023, adoptó los siguientes siguientes acuerdos:
3. Aprobación de la Oferta de Empleo Público de este Ayuntamiento para el ejercicio 2023.
.../...
ACUERDOS
PRIMERO: Aprobar la Oferta de Empleo Público del presente ejercicio en los términos que se señalan en el Anexo a la presente propuesta.
SEGUNDO: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
ANEXO
A: POR TASA DE REPOSICIÓN
I: Plazas reservadas a funcionarios:
PLAZA |
||||
Escala/Cuerpo |
Subescala o categoría |
Grupo |
Subgrupo |
Plazas |
Administración General |
Auxiliar |
C |
C2 |
1 |
Policía Local (1) |
Policía |
C |
C1 |
1 |
TOTAL PLAZAS RESERVAS A FUNCIONARIOS |
2 |
(1) Baja registrada en el año en curso que restará de la tasa de reposición del ejercicio siguiente.
B: TASA ESPECÍFICA EXTRAORDINARIA ART. 20. Dos 4 LPGE 2023.
II: Plazas reservadas a personal laboral:
PLAZA |
|||
Denominación o categoría |
Grupo |
Subgrupo |
Plazas |
Técnico/a de Turismo |
C |
C1 |
1 |
Oficial Jardinería |
C |
C2 |
1 |
TOTAL PLAZAS RESERVAS A PERSONAL LABORAL |
2 |
Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:
-Recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la presente publicación, tal y como establece el artículo 46.1 de Ley 29/1998 citada.
En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los artículos 123.2 y 124 de la Ley 39/2015, y 46 de la Ley 29/1998.
En el caso de la desestimación presunta del recurso de reposición, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998 citada.
Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento del acuerdo adoptado.
Doña Mencía, 8 de septiembre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Salvador Cubero Priego.