Boletín nº 186 (29-09-2023)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Encinarejo

Nº. 4.022/2023

Don Francisco Franco Hidalgo, Presidente de la Entidad Local Autónoma de Encinarejo de Córdoba, mediante el presente, emite el siguiente

EDICTO

Que el Superior Órgano Colegiado de la ELA, reunido en Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada con fecha tres de agosto de dos mil veintitrés, y en relación al Punto de Orden del Día CUARTO de la misma, adoptó el siguiente ACUERDO, cuyo tenor literal es como a continuación se transcribe:

CUARTO. Adopción de Acuerdos relativos a las Indemnizaciones a percibir por Dotaciones Económicas a Grupos PolÍticos, Régimen de Dedicación Exclusiva y Parcial, as como Número, Denominación y Retribuciones del Personal Eventual.

Por el Sr. Secretario, debidamente informado por SecretariaIntervención, a instancia del Sr. Presidente de la E.L.A., se lee Propuesta de Presidencia, del siguiente tenor literal:

PROVIDENCIA DE PRESIDENCIA DE LA E.L.A. MEMORIA JUSTIFICATIVA RELATIVA A LAS INDEMNIZACIONES A PERCIBIR POR LA ASISTENCIA A ÓRGANOS COLEGIADOS, RÉGIMEN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y PARCIAL, ASÍ COMO NÚMERO, DENOMINACIÓN Y RETRIBUCIONES DEL PERSONAL EVENTUAL PROPUESTA DE APROBACIÓN QUE SE SOMETE A LA CONSIDERACIÓN DEL SUPERIOR ÓRGANO COLEGIADO DE ESTA ENTIDAD LOCAL.

En el vigente Presupuesto General de esta Corporación para el ejercicio 2023, aprobado en sesión extraordinaria de 30 de diciembre de 2022, y elevado a definitivo en fecha 13 de febrero de 2023, existe consignación presupuestaria en relación a:

1º. Dotación Económica Mensual Grupos Políticos.

Base 27.3 del Presupuesto General para el Ejercicio 2023:

Componente Fijo: de 20,00 €

Componente Variable: de 92,00 €.

Ello hace un total anual de 5.280,00 €, cantidad que sigue sin superar lo presupuestado en la Aplicación Presupuestaria de Gastos 91223300 Órganos de Gobierno Otras Indemnizaciones (6.557,79 €).

2º. Régimen de Dedicación Exclusiva.

Las actual Aplicación Presupuestaria 91210000 y 91211000 relativa a Org. Gob.: Presidencia y Miembros E.L.A Vocales, y las Bases de Ejecución del Presupuesto (Base 27.2) contemplan un régimen de dedicación exclusiva para la Presidencia, por importe de 2.380,57 € y un régimen de dedicación parcial para el primer y segundo Vocal, por importe de 1.888,70 € mes/bruto, respectivamente, consignándose por ambos regímenes las cantidades de 38.311,60 y 62.212,98 €. La parte correspondiente de Seguridad Social tiene consignación presupuestaria en la aplicación presupuestaria 92016000.

3º. Número, denominación y retribuciones del personal eventual.

En las aplicaciones presupuestarias 92011000 y 92011001 Personal Eventual: Retribuciones Básicas y Retribuciones complementarias, y en la Plantilla de Personal del vigente Presupuesto de la E.L.A. para 2023 se contempla una plaza de Personal Eventual denominada Asesor de Presidencia en materia de Gestión Local, con una retribuciones brutas anuales de 27.012,84 €. La parte correspondiente de Seguridad Social tiene consignación presupuestaria en la aplicación presupuestaria 92016000.

DENOMINACIÓN

NÚMERO

PLAZAS

GRUPO

Art. 104 LBRL

Categoría

Profesional

TITULACIÓN

ACADEMICA

VACANTES

FORMA

PROVISIÓN

Asesor de Presidencia

en materia de

Gestión Local

1

C

Especial Confianza ó Asesoramiento

Administrativo

Bachillerato

S

Libre Designación Presidencia

Con fecha 4 de junio de 2015, por el Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba se evacuó Informe Jurídico relativo al análisis de la adecuación a la normativa vigente en materia de reconocimiento y percepción por parte de las personas que ocupen la Presidencia y las Vocalías de la E.L.A. de Encinarejo, tanto en régimen de dedicación exclusiva, tanto en régimen de dedicación parcial, as como la existencia y designación de personal eventual. Siendo favorable dicho Informe Jurídico, y de conformidad con las negociaciones políticas mantenidas entre los Grupos Políticos Vox, PP y PSOE -A, se pretende por esta Presidencia someter a la consideración del Pleno, los siguientes asuntos:

1º. Dotación Económica Mensual Grupos Políticos.

-Un componente fijo igual para todos los Grupos Políticos de 102,00 € (306,00 € x 12 = 3.672,00 €).

-Un componente variable en función del número de miembros de cada Grupo Político de 102,00 € (120,0 x 5 x 12 = 6.120,00 €).

-Asistencia a Sesiones de Pleno sin dedicación exclusiva o parcial: 120,00 € (120,00 € x 3 miembros x 9 Sesiones = 3.240,00 €).

-Asistencia a Sesiones Comisiones Informativas sin dedicación exclusiva o parcial: 60,00 € (3 Comisiones/mes x 3 Miembros x 12 meses = 6.480,00 €).

Ello hace un total de: 19.512,00 €, cantidad que supera lo presupuestado en la Aplicación Presupuestaria de Gastos 91223300 Órganos de Gobierno Otras Indemnizaciones (6.557,79 €), por importe total de 12.954,21 €, por lo que se hace necesaria una modificación presupuestaria de dicha Aplicación de Gastos y de la Base 27.3 del Presupuesto General para el Ejercicio 2023.

2º. Régimen de Dedicaciones Exclusivas y Parciales:

Las actuales Aplicaciones Presupuestarias 91210000 y 91211000 relativas a Org. Gob.: Presidencia y Miembros E.L.A Vocales, y las Bases de Ejecución del Presupuesto (Base 27.2) contemplan un régimen de dedicación exclusiva para la Presidencia, por importe de 2.380,57 € y un régimen de dedicación parcial para el primer y segundo Vocal, por importe de 1.888,70 € mes/bruto, respectivamente, consignándose por ambos regímenes las cantidades de 38.311,60 y 62.212,98 €. La parte correspondiente de Seguridad Social tiene consignación presupuestaria en la aplicación presupuestaria 92016000.

En consecuencia, se pretende, que dado que existe consignación presupuestaria, que se continúe con un régimen de dedicación exclusiva para la Presidencia, por importe de 2.380,57 € y un régimen de dedicación parcial (65 %) para el primer Vocal, por importe de 1.888,70 € mes/bruto, respectivamente, suponiendo un ahorro de 26.441,80 €, más la parte correspondiente de Seguridad Social.

La justificación de la Vocalía en régimen de parcialidad, se fundamenta en los mismos argumentos por los que fueron creadas y consignadas en presupuestos anteriores. La justificación del régimen de exclusividad de la Presidencia de la E.L.A. se basa en la necesidad lógica de contar esta E.LA. con la representación legal y la dirección ejecutiva a cargo de la Presidencia con carácter permanente, dado que, según se justifica en este Expte., el coste de la persona que ocupa la Presidencia de la E.L.A. debe ser asumido por la propia E.L.A.

Todo ello hace que no se supere el montante del Capítulo I actualmente presupuestado, sino todo lo contrario, rebajándolo.

3º. Número, denominación y retribuciones del personal eventual.

Se considera el mantenimiento de las actuales aplicaciones presupuestarias 92011000 y 92011001 Personal Eventual: Retribuciones Básicas y Retribuciones complementarias, y en la Plantilla de Personal del vigente Presupuesto de la E.L.A. para 2023 se contempla una plaza de Personal Eventual denominada Asesor de Presidencia en materia de Gestión Local, con una retribuciones brutas anuales de 27.012,84 €. La parte correspondiente d

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