Boletín nº 186 (29-09-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 4.198/2023

Con fecha 20 de septiembre de 2023, se ha dictado por esta Alcaldía el Decreto nº 2023/12041, del tenor literal siguiente:

DECRETO

Con arreglo al artículo 124.4 b) de de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) corresponde al Alcalde el ejercicio de las siguientes funciones: b) Dirigir la política, el gobierno y la administración municipal, sin perjuicio de la acción colegiada de colaboración en la dirección política que, mediante el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas que le son atribuidas por esta ley, realice la Junta de Gobierno Local.

El mismo precepto legal señala en su letra k que el Alcalde establece la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Pleno en materia de organización municipal.

Dentro de cada Área de Gobierno es necesario definir las Delegaciones que constituyen el ámbito de competencias de gobierno de naturaleza homogénea, o con relaciones de coordinación, que posibilitarán el cumplimiento de las funciones atribuidas por la legislación, sin perjuicio de preservar la unidad de gobierno y administración para toda la ciudad, todo ello en aras de la eficacia y el beneficio de la ciudadanía de Córdoba.

Mediante Decreto de Alcaldía nº 8377, de 17 de junio de 2023, se ha establecido dentro de cada Área las distintas Delegaciones indicando dentro de las mismas una breve descripción de sus funciones. Se considera conveniente por esta Alcaldía que la Unidad de Transparencia y el ejercicio de sus funciones deje de estar adscrita a la Delegación de Relaciones Institucionales y se incluya dentro de la Delegación de Gestión.

Por otro lado se considera conveniente hacer constar de forma expresa que las funciones de Planificación Estratégica se incluyen dentro de la Delegación de Economía y Empleo como Delegación que tiene encomendada las actividades relacionadas con el Desarrollo y la Actividad Económica.

Es por ello, que en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 124 de la LRBRL y el Reglamento Orgánico General,

HE RESUELTO:

PRIMERO. Modificar el Decreto de Alcaldía nº 8377, de 17 de junio de 2023, en su apartado primero exclusivamente en lo relativo a adscribir la Unidad de Transparencia y el ejercicio de sus funciones en la Delegación de Gestión dejando de estar adscrita a la Delegación de Relaciones Institucionales y precisar que corresponde a la Delegación de Economía y Empleo las funciones de Planificación Estratégica como Delegación que tiene encomendada las actividades relacionadas con el Desarrollo y la Actividad Económica.

SEGUNDO. El presente Decreto entra en vigor desde su aprobación. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de Córdoba y dese cuenta a la Junta de Gobierno Local y al Pleno Corporativo, en la primera sesión que celebren dichos Órganos.

Córdoba, 21 de septiembre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, José María Bellido Roche.

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