Boletín nº 188 (03-10-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 4.221/2023

Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones y/o sugerencias contra el acuerdo de aprobación inicial del Reglamento de Funcionamiento Interno del Edificio EMPRENDE HORNACHUELOS del Ayuntamiento de Hornachuelos, sin que se haya presentado alguna, queda elevado a definitivo dicho acuerdo adoptado en la sesión celebrada por el Pleno el día 28 de abril de 2023.

A los efectos previstos en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y ante la ausencia de reclamaciones durante el plazo de su exposición pública, dicha modificación ha quedado definitivamente aprobada como a continuación se transcribe:

REGLAMENTO EDIFICIO MUNICIPAL  DE HORNACHUELOS:

EDIFICIO EMPRENDE HORNACHUELOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El municipio de Hornachuelos lleva años trabajando en el fomento del desarrollo del tejido empresarial, tanto del ya establecido como el de nueva creación.

Esta administración, atenta a promover en su municipio herramientas que, por un lado, propicien entre sus ciudadanos el trabajo por cuenta propia y la creación de nuevas empresas, y por otro, apoyen la consolidación de aquellas que están en sus primeras etapas de desarrollo, entiende de utilidad la promoción de espacios en los que impere un ambiente colaborativo de interrelación entre las diferentes iniciativas empresariales que se estén forjando en el municipio, que puedan ser utilizados tanto por los emprendedores para crear su propia empresa como por empresas de nueva creación o despachos profesionales que den apoyo a estas u otras necesidades latentes en el municipio. Es precisamente este fin el que inspira el Edificio EMPRENDE HORNACHUELOS promovido por el Ayuntamiento de Hornachuelos, con una oferta de espacios enfocada fundamentalmente a las iniciativas locales que no encuentran esta oportunidad en el municipio.

Debido a lo anterior, y tal y como marca el funcionamiento ordinario de la administración local, se propone el presente reglamento coherente con el ordenamiento jurídico, que genere un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre que facilite su conocimiento y comprensión, y en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de los interesados. Lo anterior, se interrelaciona directamente con el cumplimiento del principio de transparencia, haciendo posible un acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y la página web de este Ayuntamiento.

Por último, el presente Reglamento pretende cumplir con el principio de proporcionalidad, conteniendo la regulación imprescindible para atender las necesidades que se pretenden cubrir, sin que esto suponga restricciones ni demasiadas obligaciones a los destinatarios.

El concepto de coworking, se entiende como una organización de trabajo abierta y colaborativa, en la que emprendedores y profesionales de diferentes sectores económicos comparten un espacio de trabajo con el objetivo de promover la interacción de contactos personales e ideas de negocio, estableciendo sinergias en diferentes direcciones, viene siendo en los últimos años un modelo organizativo de gran acogida, especialmente en grandes ciudades. En este caso, la puesta en marcha del funcionamiento de este edificio, partirá de la voluntad de que funcione como un vivero de empresas o conjunto de oficinas de un centro de negocio en el que se comparten suministros de internet, luz, servicio de limpieza, sala de reuniones y otros servicios similares. Para que esto se produzca, será necesario la figura de un dinamizador del espacio para que se lleven a cabo actividades como organización de encuentros profesionales, networking, desayunos de trabajo, conferencias, cursos y todo tipo de eventos que son del interés para los que se instalen en este edificio o para otros profesionales con los que es posible establecer relaciones comerciales.

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Disposición general

1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización tanto del funcionamiento como de los usos del edificio EMPRENDE HORNACHUELOS.

2. Tal regulación se establece en ejercicio de la potestad de autoorganización reconocida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

3. El uso del Edificio Emprende Hornachuelos estará sometido a los Reglamentos, Ordenanzas y demás disposiciones municipales, así como a la presente normativa.

4. Los usuarios deberán respetar las servidumbres existentes, ya sean de origen contractual, legal, civil y administrativo que puedan gravar el inmueble, como las exigidas o impuesto por los servicios públicos, con especial atención a aquellas que puedan derivar de la seguridad, salubridad, vigilancia y orden público.

5. Los usuarios deberán soportar las obras que se puedan derivar de la adaptación o renovación de las instalaciones.

6. La presente normativa deberá ser cumplida por todos los cesionarios de los espacios del Edificio a fin de garantizar la armonía en la convivencia de todos los usuarios, los derechos de cada uno de ellos y el desarrollo normal de todas las actividades que se acometan en el mismo. Los objetivos de esta normativa son los que siguen:

a) Establecer derechos y obligaciones de los cesionarios.

b) Organizar la administración del edificio para su conservación, mantenimiento y un adecuado uso de las zonas comunes.

c) Garantizar la armonía entre las relaciones de los usuarios.

d) Establecer todos los aspectos necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones.

e) La normativa expuesta en este documento se acometerá sin perjuicio de las condiciones acordadas en cada contrato de cesión, prevaleciendo las cláusulas acordadas en estos últimos.

Artículo 2. Objetivos principales

1. Regular el uso del edificio Emprende Hornachuelos del Excelentísimo Ayuntamiento de Hornachuelos y el acceso al mismo, para la puesta en marcha de incubación de iniciativas empresariales, para empresas de nueva creación.

2. Favorecer un ecosistema emprendedor, consolidación de iniciativas emprendedoras y en general, de sociedades que formen parte del tejido empresarial local.

3. Favorecer la generación de empleo y autoempleo.

4. Fortalecer la estructura productiva local, favoreciendo la innovación.

5. Contribuir a la reactivación del casco antiguo de Hornachuelos, tal y como marca el Plan Estratégico de Reactivación del Casco Antiguo aprobado en mayo de 2018.

6. Desarrollar unas instalaciones que permita a las iniciativas empresariales situarse en las condiciones de mercado idóneas para ser competitivas.

Artículo 3. Seguimiento

1. Corresponde a la persona titular del Área de Desarrollo Local velar por el cumplimiento de lo previsto en el presente Reglamento y por el correcto funcionamiento de los servicios cuya regulación contempla.

2. Le corresponderá además, en el ejercicio de sus competencias, la resolución de cualquier tipo de conflicto que pueda surgir en el desarrollo de las funciones asignadas al edificio y sus equipamientos.

Artículo 4. Organización y estructura

1. Titularidad y organización

Es propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Hornachuelos, por lo que le es de aplicación la normativa que rige para dicho Ayuntamiento.

2. Comisión de seguimiento

La Comisión de seguimiento estará integrada por uno o dos representantes técnicos del área de desarrollo del Ayuntamiento de Hornachuelos y por uno o dos representantes del CADE (Andalucía Emprende).

3. Las funciones de la comisión de seguimiento serán las siguientes:

-Proponer la normativa del edificio Emprende Hornachuelos, así como sus adaptaciones

-Velar por el cumplimiento de dicha normativa.

-Resolver cualquier solicitud o eventualidad que pueda surgir a los usuarios.

-Seleccionar los proyectos que serán beneficiarios del alquiler de alguna oficina, en base a las solicitudes recibidas.

-Resolver las cuestiones que se planteen respecto del no cumplimiento del presente Reglamento de Régimen Interno.

-Elaborar una memoria anual del y proponer líneas de actuación.

-Se reunirá cada vez que se solicite desde la dirección del Ayuntamiento o de alguna oficina disponible.

4. Funciones de la dirección del Ayuntamiento:

-Velar por el cumplimiento diario de la normativa del edificio.

-Gestionar el funcionamiento y los servicios del edificio y ser el responsable de la administración y mantenimiento del mismo.

-Elevar las propuestas de proyectos para su instalación en el edificio a la Comisión de seguimiento.

-Informar a los posibles usuarios y solicitantes del edificio.

TÍTULO II

CARACTERÍSTICAS Y EQUIPAMIENTO DEL EDIFICIO

EMPRENDE HORNACHUELOS

Artículo 5. Características del edificio

El edificio de usos múltiples Tiene una superficie total construida de 233,15 m², quedando distribuida de la siguiente manera según el proyecto técnico:

-En planta baja se encuentra una zona de cuatro despachos, que

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Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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