Boletín nº 208 (03-11-2023)

VIII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 4.664/2023

DECRETO Nº: 2023/13088.

Fecha: 09/10/2023.

Nº Expediente: 2023/73678.

Asunto: INSTRUCCIONES PLAZOS PRESENTACIÓN SOLICITUDES LICENCIAS TERRAZA Y RENOVACIONES AÑO 2024.

RESOLUCIÓN

INSTRUCCIONES PARA EL EJERCICIO 2024 SOBRE PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y RENOVACIONES DE LICENCIAS DE OCUPACIÓN TEMPORAL DE ESPACIOS EXTERIORES CON VELADORES.

La Ordenanza Municipal reguladora de la ocupación temporal de espacios exteriores con mesas, sillas, parasoles y otras instalaciones análogas que constituyan complemento de la actividad de hostelería no especifica un plazo concreto para la presentación de solicitudes de licencias pero deja claro, a lo largo de todo su articulado, que estas instalaciones temporales deben contar con una licencia expresa, no bastando con la mera solicitud ni con el pago de la tasa para poder ocupar el dominio público.

En la práctica se viene constatando, en muchos casos, una persistencia en la presentación tardía de las solicitudes de licencias, circunstancia que afecta directamente al normal funcionamiento de la Oficina que instruye las autorizaciones y a la regularización y análisis del reparto de los distintos espacios públicos de la ciudad.

Con el propósito de conseguir que las resoluciones se dicten en el menor plazo posible, dando cobertura legal en el tiempo a todas las instalaciones que de facto se realizan en la vía pública, es oportuno y conveniente establecer unos plazos concretos para que los titulares de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento presenten sus solicitudes de licencia de terrazas, con la necesaria anticipación como para que la Gerencia pueda analizar y tramitar las mismas. Ello coadyuvará, junto con otras medidas que se implementen en este ejercicio, a la necesaria agilización de los procedimientos de resolución de licencias de terrazas en el año 2024.

En base a lo anterior y en desarrollo de las competencias previstas en el artículo 2 de la Ordenanza Municipal de Veladores vengo a aprobar la siguiente RESOLUCIÓN:

PRIMERO: ESTABLECER UN CALENDARIO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE LICENCIA DE INSTALACIÓN DE TERRAZA PARA EL AÑO 2024 CON LOS SIGUIENTES PERÍODOS:

-DESDE EL 1 OCTUBRE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023:

a) Deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que YA OBTUVIERON LICENCIA EN EL AÑO 2023 O PRÓRROGA DEL AÑO ANTERIOR y pretendan ocupar el dominio público durante todo el año 2024 -PERÍODO ANUAL-, con idénticas características en todos sus extremos al año anterior (artículo 26.3 de la Ordenanza Municipal de Veladores) debiendo emplear el MODELO DE RENOVACIÓN DE LICENCIA DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO.

b) Deberán presentar su solicitud también aquellos establecimientos que NO OBTUVIERON LICENCIA EN EL AÑO 2023 o que la obtuvieron pero soliciten una ocupación diferente a la autorizada y pretendan ocupar el dominio público durante todo el año -PERÍODO ANUAL-, debiendo emplear en este caso el MODELO DE SOLICITUD DE LICENCIA DE INSTALACIÓN DE TERRAZA DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO.

c) Finalmente, deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que se encuentren en ZONAS DE ORDENACIÓN CONJUNTA relacionadas en el ANEXO que acompaña a las presentes Instrucciones y pretendan ocupar el dominio público, sea cual fuere el período en el que se pretenda instalar la terraza -PERÍODO ANUAL O TEMPORADA-, debiendo emplear el modelo de solicitud de Renovación o de Licencia nueva según lo expuesto en los apartados anteriores.

-DESDE EL 1 DE ENERO HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2024:

Dentro de este plazo más amplio, deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que se encuentren FUERA DE LAS ZONAS DE ORDENACIÓN CONJUNTA y soliciten licencia de TEMPORADA -1 DE ABRIL A 31 DE OCTUBRE-, debiendo emplear el modelo de solicitud de Renovación o de Licencia nueva según lo recogido en los apartados anteriores.

-Los impresos normalizados de solicitud de licencias, renovaciones están disponibles en la web de la GMU, en la pestaña Servicios - Instancias y Documentación - Servicio de Inspección Urbanística.

SEGUNDO: Podrá no admitirse a trámite, salvo causas justificadas, las solicitudes de licencias que no se presenten dentro de los plazos recogidos en el apartado primero de la presente Resolución (conforme a lo dispuesto en el artículo 88.5 de la Ley 39/2015, de 31 de octubre PAC).

TERCERO: A los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.3 de la Ordenanza, en principio, se delimitan como Zonas de Ordenación Conjunta para el ejercicio 2024 las señaladas en el Anexo que más abajo se relaciona. Dicho listado podrá ser susceptible de ampliación a otras zonas de la ciudad en caso de detectarse, a lo largo del año, conflictos en el uso de los espacios públicos con las terrazas y requiera para su solución un análisis más detenido del reparto y distribución de los veladores entre distintos establecimientos. Dicho listado se irá actualizando y publicando en la forma establecida en el apartado cuarto de la presente Resolución.

Tal y como se ha indicado en el párrafo primero, los titulares de establecimientos ubicados en tales zonas y que estén interesados en ocupar el espacio público con veladores, habrán de presentar su solicitud de licencia de ocupación de la terraza antes del 31 de diciembre de 2023.

Transcurrido el citado plazo, se tramitarán, si resultara posible, las solicitudes de cada zona en un único procedimiento, no garantizándose la autorización de terrazas a los establecimientos que no lo hayan solicitado en plazo.

CUARTO: Difundir las presentes Instrucciones para su conocimiento general, a través de la página web de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Tablones de Anuncios de la GMU y del Ayuntamiento y mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO

Zonas de Ordenación Conjunta

Plaza de las Tendillas.

Cruz Conde.

Historiador Díaz del Moral.

Morería.

Conde de Cárdenas.

María Cristina.

García Lovera.

Victoriano Rivera-La Plata-Mármol de Bañuelos.

Capitulares.

Diario de Córdoba.

Claudio Marcelo.

San Fernando.

Plaza de la Corredera.

Plaza de San Miguel.

Pastores.

Plaza de San Ignacio de Loyola.

Plaza del Escudo.

Córdoba de Veracruz.

Plaza de San Nicolás.

Plaza de La Trinidad.

Avda. Gran Capitán.

Bulevar del Gran Capitán.

Avenida Ronda de los Tejares.

Plaza Flor del Olivo.

Avenida de la Libertad.

Avenida Al-nasir.

Agrupación de Cofradías.

Ronda de Isasa.

Paseo de la Ribera.

Enrique Romero de Torres.

Plaza Cardenal Salazar.

Plaza Judá Leví-Manríquez.

Puerta de Almodóvar.

María La Judía.

Dolores Ibárruri.

Poeta Juan Ramón Jiménez- Poeta Emilio Prados (Tablero).

Avenida de Barcelona.

Plaza de la Oca.

Plaza del Moreal.

Avenida del Aeropuerto.

Plaza de Costa Sol.

Antonio Maura.

Camino de los Sastres.

Plaza de Matías Prats.

Plaza de los Califas.

Isla Fuerteventura.

Isla Formentera.

Avenida del Cairo.

Córdoba, 9 de octubre de 2023. Firmado electrónicamente por el Gerente de la Gerencia Municipal del Urbanismo, Julián Álvarez Ortega.

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