Boletín nº 208 (03-11-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Carcabuey

Nº. 4.671/2023

Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el pasado día 24 de octubre, la modificación de las siguientes Ordenanzas:

-Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

-Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, Fundamento Legal y Hecho Imponible.

-Ordenanza Reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos a través del dominio público y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase y otros similares.

-Ordenanza Reguladora de la Tasa por Alcantarillado, así como tratamiento y Depuración de Aguas Residuales, incluida la vigilancia especial de alcantarillas particulares.

-Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el suministro de Agua Potable, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas.

De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que puedan ser examinadas y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de modificación de las mencionadas Ordenanzas.

Carcabuey, 25 de octubre del 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Miguel Sánchez Cabezuelo.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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