Boletín nº 217 (15-11-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 4.872/2023
De conformidad con lo dispuesto al respecto por los artículos 169 y 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales; y 20 y 42 de Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y habida cuenta de que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2023, aprobó con carácter provisional el expediente nº 33/2023 de Modificación de Crédito del Presupuesto del Ilustre Ayuntamiento de Puente Genil, por Crédito extraordinario, financiado con baja por anulación, a aprobar por el Excmo. Ayuntamiento Pleno; que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace constar el siguiente resumen:
PRIMERO. La aplicación presupuestaria que se crea por medio del presente expediente es la siguiente:
Aplicación presupuestaria |
Denominación |
Euros |
311.0.480.33 |
Conv. Unión Pontanense de Caza |
15.000,00 € |
Total Crédito Extraordinario |
15.000,00 € |
SEGUNDO. Esta modificación se financia con la baja por anulación del crédito consignado en la aplicación que, a continuación, se detalla, cuyo crédito no va a emplearse, en su totalidad, en la ejecución de los gastos inicialmente previstos acometer con cargo a la misma:
Aplicación presupuestaria |
Denominación |
Euros |
931.0.120.00 |
Intervención. Sueldos Funcº. Grupo A1 |
15.000,00 € |
Total Baja por Anulación |
15.000,00 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición del dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acto o Acuerdo impugnado.
Puente Genil, a 7 de noviembre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Sergio María Velasco Albala.