Boletín nº 217 (15-11-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 4.884/2023

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, celebrada el día 30 de octubre de dos mil veintitres, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Nº 1099/23. SERVICIOS SOCIALES. MOCIÓN DE LA DELEGACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES, DE APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN EN EL MARCO DEL PROYECTO DENOMINADO ESTRATEGIAS Y ACCIONES EN ZONAS DESFAVORECIDAS DE ANDALUCÍA QUE APOYAN Y MEJORAN LOS PROCESOS DE INCLUSIÓN SOCIOFAMILIAR EN FAMILIAS CON MENORES EN SITUACIÓN DE ABSENTISMO Y FRACASO ESCOLAR FINANCIADO CON CARGO A LOS FONDOS NEXT GENERATIÓN EU (POPI).

Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, y una vez declarada la Urgencia del asunto, debido a que es necesario proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia a la mayor brevedad, la Junta de Gobierno Local, de conformidad con la Moción que más arriba consta, adoptó los siguientes acuerdos:

PRIMERO. Aprobar las Bases reguladoras y Convocatoria para la concesión de becas de formación en el marco del proyecto denominado Estrategias y acciones en Zonas desfavorecidas de Andalucía que apoyan y mejoran los procesos de inclusión sociofamiliar en familias con menores en situación de absentismo y fracaso escolar financiado con cargo a los fondos Next Generatión EU (POPI), que figuran en el expediente de su razón con CSV:

383e1b782e1ced2705f02eb1dfe32fdcb754fc31.

SEGUNDO. Aprobar un gasto de 49.369 € con cargo a la partida presupuestaria Z E10 2313 48001 0 dentro del proyecto de gasto 2023/3/NGPOP/231/1 del presupuesto municipal vigente.

TERCERO. Ordenar la publicación de las Bases reguladoras y Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a efectos de publicidad y comienzo del plazo de presentación de solicitudes.

Córdoba, fecha y firma electrónica. Doña Eva Contador Contador. Tte. de Alcalde Delegada de Servicios Sociales y Mayores. P.D. 8377 de 17/06/2023.

Córdoba, 7 de noviembre de 2023. Firmado electrónicamente por la Teniente Alcalde, María Evarista Contador Contador.

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN EN EL MARCO DEL PROYECTO DENOMINADO ESTRATEGIAS Y ACCIONES EN ZONAS DESFAVORECIDAS DE ANDALUCÍA QUE APOYAN Y MEJORAN LOS PROCESOS DE INCLUSIÓN SOCIOFAMILIAR EN FAMILIAS CON MENORES EN SITUACIÓN DE ABSENTISMO Y FRACASO ESCOLAR FINANCIADO CON CARGO A LOS FONDOS NEXT GENERATIÓN EU (POPI)

1) ANTECEDENTES

Mediante Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, órgano directivo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE número 268, de 8 de noviembre). La Cláusula novena, apartado tercero, de dicho Convenio permite a las entidades beneficiarias concertar con terceros la ejecución total o parcial de los proyectos piloto de inclusión social mediante los procedimientos de licitación correspondientes, subvenciones o proceder a su ejecución total o parcial a través de encargos a medios propios.

Mediante Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Protección social y Barriadas de actuación preferente, órgano directivo de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, se concede al Ayuntamiento de Córdoba una subvención excepcional para la participación en el proyecto Estrategias y acciones en zonas desfavorecidas de Andalucía que apoyan y mejoran los procesos de inclusión sociofamiliar en familias con menores en situación de absentismo y fracaso escolar financiado con cargo a los fondos Next Generatión EU. El importe de la ayuda concedida al Ayuntamiento de Córdoba para la ejecución del proyecto piloto objeto del presente convenio, que tiene como objeto promover las condiciones necesarias (personales y sociales) para que los niños y niñas de familias perceptoras del Ingreso Mínimo Vital permanezcan en el sistema educativo, asciende a la cantidad de 987.392,19 euros.

Mediante Acuerdo de 28 de agosto de 2018, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, se aprobó la «Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inclusión Social» (BOJA nº número 172, de 5 de septiembre), que configuraba un mapa de zonas desfavorecidas en distintos municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En el caso del municipio de Córdoba, dicho mapa señalaba como tales los barrios de Palmeras, Moreras y Sur.

La precitada Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de actuación preferente, por la que se concede al Ayuntamiento de Córdoba una subvención excepcional para la participación en el proyecto Estrategias y acciones en zonas desfavorecidas de Andalucía que apoyan y mejoran los procesos de inclusión sociofamiliar en familias con menores en situación de absentismo y fracaso escolar financiado con cargo a los fondos Next Generatión EU, tendrá el carácter de base reguladora de la subvención a tenor de lo dispuesto en el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE número 276, de 18 de noviembre), y en el artículo 34.2 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA número 108, de 4 de junio). En concreto, de conformidad con el Resuelvo cuarto, apartado 2.I, letra c), Con el objeto de facilitar la adherencia y la permanencia de las personas participantes en el proyecto, en el desarrollo de las actuaciones de los itinerarios de inclusión, se otorgarán becas de formación por un importe total por menor de 250 euros, siempre y cuando la unidad familiar finalice el itinerario. La cuantía máxima a percibir por unidad familiar se fija en 750 euros.

Por otra parte, en el Resuelvo quinto de la misma Resolución de 19 de diciembre de 2022, se determina que (&) la entidad beneficiaria podrá subcontratar con terceros la actividad subvencionada hasta un máximo del 40% del importe de la misma, mediante los procedimientos de licitación correspondientes, subvenciones o a través de encargos a medios propios, y en los términos y condiciones descritos en el citado precepto. En base a este fundamento jurídico y al amparo de lo previsto en el artículo 4.1, letra b), de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba (BOP número 167, de 3 de octubre de 2005), permite que puedan ostentar la condición de beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad.

La Fundación don Bosco Salesianos Social y las Asociaciones CIC Batá y Estrella Azahara, son entidades sin ánimo de lucro con una amplia trayectoria en el ámbito social, especialmente, en el trabajo con personas menores de edad, y una dilatada experiencia en las zonas desfavorecidas del Distrito Sur (Fundación don Bosco Salesianos Social), Moreras (CIC Batá) y Palmeras (Estrella Azahara). En este contexto, con fecha 9 de junio de 2023, las citadas entidades suscriben un convenio de colaboración en virtud del cual se constituyen en agrupación sin personalidad jurídica para, conjuntamente, desarrollar el Proyecto Piloto descrito en el hecho segundo. A tal efecto, en dicho instrumento, además de diseñar el referido Proyecto, también acuerdan que Fundación don Bosco Social actuará como representante de la citada agrupación.

Finalmente, con fecha 18 de julio de 2023, se suscribe convenio de colaboración entre dichas entidades y el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba para la ejecución del Proyecto citado.

2) OBJETO

Las presentes Bases reguladoras tiene como finalidad la concesión de una beca de formación a la unidad familiar que cumpla las dos condiciones seguidamente expuestas:

1º) Que sus componentes, incluidas las personas menores de edad, hayan participado en el Proyecto denominado Estrategias y acciones en zonas desfavorecidas de Andalucía que apoyan y mejoran los procesos de inclusión sociofamiliar en familias con menores en situación de absentismo y fracaso escolar financiado con cargo a los fondos Next Generatión EU.

2º) Que dichas unidades finalicen el itinerario de inclusión diseñado por los profesionales técnicos competentes en el marco del citado Proyecto, en los términos establecidos en las instrucciones relativas a las becas formativas del proyecto POPI emitidas por la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía.

3) ÁMBITO TEMPORAL

Las presentes bases reguladoras regulan la concesión de una beca de formación a la unidad familiar cuyos componentes participen en el Proyecto antes citado y concluyan el itinerario de inclusión en los términos antes descritos, la cual tendrá lugar desde el 15 de junio al 30 de noviembre de 2023.

4) FINANCIACIÓN

El importe máximo destinado para las becas de formación es el que se consigne en la aplicación Z E10 2313 48001 0 del Presupuesto Municipal para 2023, importe que a la fecha de publicación de esta convocatoria es 49.369,00 €.

5) REQUISITOS

Serán beneficiarios de esta beca las unidades familiares que hayan participado en el Proyecto denominado Estrategias y acciones en zonas desfavorecidas de

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