Boletín nº 220 (20-11-2023)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Santaella
Nº. 4.920/2023
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda aprobado definitivamente el expediente 009SUPL/2023, de Suplemento de Crédito, financiado con mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 28/09/2023 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 193, de 10 de octubre, cuyo resumen es el siguiente:
Suplementos en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Importe suplemento |
3380-226.09 |
Organización de Fiestas Populares |
60.711,45 € |
2310-226.99 |
Gastos Concejalía Servicios Sociales |
21.796,50 € |
TOTAL |
82.507,95 € |
Suplementos en conceptos de Mayores Ingresos
Aplicación |
Descripción |
Mayores ingresos recaudados |
420.00 |
Participación en los tributos del Estado |
72.063,50 € |
753.00 |
Programas de Inversión |
10.444,45 € |
TOTAL |
82.507,95 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Santaella, a 9 de noviembre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José del Río Luna.