Boletín nº 220 (20-11-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Obejuna

Nº. 4.950/2023

Expediente nº: GEX 5541/2023

Procedimiento: Convocatoria funcionario interino

Interesado: Ayuntamiento Fuente-Obejuna

ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía las bases y la convocatoria para la selección de personal funcionario interino para dos plazas de Técnico Grado Universitario vacantes en este Ayuntamiento, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA SELECCIÓN DE DOS TÉCNICOS GRADUADOS EN DERECHO COMO FUNCIONARIOS INTERINOS POR ACUMULACIÓN DE TAREAS EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE FUENTE-OBEJUNA. (Exp. 5541/2023)

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de las presentes bases la cobertura de dos puestos de Técnico de Servicios Jurídicos personal funcionario de esta Corporación, con carácter de interinidad, como consecuencia del exceso y acumulación de tareas que está produciendo una importante acumulación de expedientes y una paralización administrativa. Las Unidades Administrativas de Secretaría e Intervención-Tesorería a las que dichos puestos se adscriben es prioritaria, afecta al funcionamiento de los Servicios Públicos esenciales de este Ayuntamiento, no existiendo en la plantilla de funcionario Técnico que pueda acometer estas tareas sin desatender las funciones que tiene encomendadas.

Conforme a lo justificado en la Propuesta del Alcaldía, se considera urgente e inaplazable la necesidad de iniciar el proceso selectivo para cubrir el exceso o acumulación de tareas que suponen las circunstancias arriba señaladas en el marco del artículo 10,1 d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que autoriza el nombramiento de funcionario interinos para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando entre otras circunstancias, se registre un exceso o acumulación de tareas, limitando tal nombramiento a un plazo máximo de nueve meses dentro de un período de dieciocho. El procedimiento de selección será el de concurso, debiendo realizarse mediante un procedimiento ágil que respete los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

SEGUNDA. NORMAS RECTORAS

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Orden APU/1461/2002, de 6 de junio, por la que se establecen las bases para la selección y nombramiento de personal funcionario interino. Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado. Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

TERCERA. CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA

Esta plaza tiene las siguientes características:

-Número de puestos de trabajo: Dos.

-Denominación: Técnico de Servicios Jurídicos.

-Régimen Jurídico: Funcionario/a interino/a por acumulación de tareas.

-Clasificación profesional: Técnico Superior. Grupo A2; Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales; Escala de Administración Especial, subescala técnica, clase superior, grupo A, subgrupo A2.

-Dependencia Orgánica: Alcaldía.

-Dependencia Funcional: Secretaría General e Intervención-Tesorería

Percibirá las retribuciones básicas y las pagas extraordinarias correspondientes al Subgrupo o Grupo de adscripción, A2. Para el puesto en cuestión y dado que no existe como tal reconocido en este momento en el anexo de personal, se establecen las siguientes retribuciones para jornada completa:

-Complemento Destino: Nivel 20.

-Complementos Específicos: Las que contemple el Anexo de Personal del Convenio para puesto A2.

-Duración máxima: Nueve meses.

-Jornada de trabajo: Jornada completa, según Acuerdo Marco del Excmo. Ayuntamiento de Fuente-Obejuna.

CUARTA. FUNCIONES DEL PUESTO

Además de las funciones relacionadas con las necesidades establecidas en la Propuesta de Alcaldía, las funciones a realizar serán las siguientes:

Secretaría General:

-Coordinación con los Servicios Jurídicos de la Excma. Diputación de Córdoba de los expedientes para representación y defensa del Excmo. Ayuntamiento ante los Tribunales y Juzgados por la Excma. Diputación Provincial.

-Expedientes de reclamación de daños en los bienes propiedad del Ayuntamiento.

-Expedientes de responsabilidad patrimonial.

-La gestión del Patrimonio y bienes del Ayuntamiento.

-Asesoramiento a las distintas dependencias administrativas y empleados municipales sobre cuestiones puntuales de gestión o sobre cualquier consulta jurídica que pueda plantearse y que no tenga entidad suficiente para hacer una solicitud formal escrita.

- Otros trabajos propios del Servicio que sean encomendados.

Intervención:

-Coordinación con los Servicios Jurídicos de la Excma. Diputación de Córdoba de los expedientes para representación y defensa del Excmo. Ayuntamiento ante los Tribunales y Juzgados por la Excma. Diputación Provincial.

-Gestión de expedientes de subvenciones.

-Redacción de ordenanzas fiscales.

-Resolución de recursos en el ámbito del Servicio de Intervención-Tesorería.

-Elaboración de informe, inspección, ejecución y control relativo al ámbito de competencias del Departamento.

-Otros trabajos propios del Servicio que sean encomendados.

QUINTA. CONDICIONES DE ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Para poder participar en este proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el último día de admisión de solicitudes el título universitario de grado universitario en derecho o equivalente.

SEXTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes (Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes Bases generales para la plaza a la que se opta, se dirigirán al Sra. Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Los sucesivos anuncios y todo tipo de comunicaciones relativos a esta convocatoria por tratarse de un procedimiento selectivo y de concurrencia competitiva, y de conformidad con lo establecido en los artículos 45.1 y 45.3 de la Ley 39/2015, se realizarán mediante la publicación en el tablón de edictos electrónico.

Los interesados deberán de presentar, en los modelos establecidos, la siguiente documentación:

1) Solicitud y declaración responsable firmada mediante cualquier sistema de firma electrónica en el modelo normalizado que se adjunta a las presentes bases como Anexo I.

2) Hoja de a

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