Boletín nº 220 (20-11-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 5.025/2023

Título: Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha trece de noviembre de dos mil veintitrés, por el que se aprueba las BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO DE BELENES POPULARES 2023.

BDNS (Identif.) 727435

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/727435)

Con motivo de las Fiestas Navideñas, la Delegación de Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de Lucena, con el objeto de mantener la tradición y fomentar la confección de Belenes en los hogares, asociaciones, colegios y comercios, convoca el concurso de Belenes populares para el presente año, con arreglo a las siguientes bases:

-Podrán participar en el concurso todas las Instituciones, Comercios, Asociaciones, Particulares y Centros Educativos que lo deseen.

-Los Belenes participantes deberán incluir como mínimo las tres escenas fundamentales: Anunciación de los Pastores, Nacimiento y Reyes Magos.

-Las personas interesadas en participar podrán solicitar la inscripción presentando el modelo que acompaña las siguientes bases.

-La solicitud de participación se presentará en el Servicio de Información y Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Lucena, sito en Plaza Nueva, 1 de 9 a 14 horas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el modelo de instancia que se adjunta como Anexo I a las presentes bases. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, por conducto de la Bases de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lucena.

-Asimismo, deberá presentar Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como que no recibe ayudas para la misma finalidad y que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y la Hacienda Municipal; todo ello sin perjuicio de las comprobaciones de oficio que pueda realizar el Ayuntamiento, a las cuales se autoriza con la presentación de dicha Declaración.

-No se admitirá a concurso ninguna solicitud tras la finalización del plazo anterior.

-Se valorará positivamente la creación artística (originalidad, ingenio y riqueza artística), su ambientación e integración, el trabajo artesanal, montaje, la utilización de materiales naturales, ecológicos y reciclados que no degraden el Medio Ambiente, así como el esfuerzo humano y económico, laboriosidad y el trabajo de corresponsabilidad familiar en la ejecución de las obras.

-El tamaño, materiales y técnicas empleadas será libre.

-Solo podrá participar un Belén por cada domicilio o local, aunque sus creadores sean diferentes.

-Se valorará negativamente los detalles de mal gusto y todo lo que atente con el carácter propio que debe formar parte de un Belén.

-El Jurado Calificador estará presidido por el Concejal Delegado de Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de Lucena, y estará compuesto por una representación de cada uno de los Grupos Políticos Municipales, nombrados por su respectivo grupo político y un máximo de tres personas expertas nombradas por el Alcalde a propuesta del Concejal Delegado de Fiestas. De todo lo actuado se levantará acta y se remitirá a la Junta de Gobierno Local para que adopte resolución al respecto que será publicada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lucena.

El Jurado realizará las visitas a los Belenes participantes durante los días comprendidos entre el 1 y el 11 de diciembre, ambos inclusive, procediendo a la deliberación el día 12 de diciembre.

Los propietarios de los belenes premiados autorizan y ceden gratuitamente al Ilmo. Ayuntamiento de Lucena a utilizar la imagen de los mismos para el uso que estime oportuno en los distintos formatos publicitarios (cartelería, flyers, dípticos, etc.) y/o explotación turística.

El Jurado tendrá potestad y capacidad de decisión ante cualquier incidencia, circunstancia o acontecimiento que surgiese y no estuviese recogido en las presentes bases.

Todas las deliberaciones del Jurado serán secretas.

-Se establecen las siguientes premios:

1º Premio &.......

600,00 €

2º Premio &.......

500,00 €

3º Premio &.......

400,00 €

4º Premio &.......

300,00 €

5º Premio &.......

200,00 €

1º Accésit &.......

100,00 €

2º Accésit &.......

100,00 €

3º Accésit &.......

100,00 €

4º Accésit &.......

100,00 €

5º Accésit &.......

100,00 €

En caso de que la Delegación de Fiestas organizara una Ruta Belenística, los Belenes ganadores serán incluidos en la misma, por lo tanto las personas participantes se comprometen a que sus Belenes puedan ser visitados por el público en los siguientes horarios obligatorios:

-Laborales de 18:00 a 20:00 horas.

-Fines de semana de 11:00 a 13:30 horas y de 18:00 a 20:00 horas.

La presentación a este concurso implica necesariamente la aceptación integra de todas y cada una de las bases. A juicio del Jurado, cualquiera de los premios puede quedar desierto.

La organización se reserva el derecho a modificar las bases si lo considera oportuno.

La fecha y hora de la entrega de premios se anunciará a través del Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Lucena».

Lucena (Córdoba), 13 de noviembre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Aurelio Fernández García.

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