Boletín nº 225 (27-11-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 5.057/2023

El Excmo. Ayuntamiento Pleno del Ayuntamiento de Córdoba, por acuerdo número 367/23, de fecha 16 de noviembre de 2023, aprueba la masa salarial máxima del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba para el ejercicio 2023, cuyo tenor literal es el siguiente:

Nº 367/23. DELEGACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y SALUD LABORAL.- 7. DICTAMEN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE 08/11/23, SOBRE APROBACIÓN DE LA MASA SALARIAL MÁXIMA DEL PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA PARA EL EJERCICIO 2023, CON UNA SUBIDA TOTAL DEL 3 % (2,5 % + 0,5 %), EN LA CANTIDAD DE 9.553.428,31 €, RESPECTO A LAS RETRIBUCIONES A 31 DE DICIEMBRE DE 2022.

Leído el punto del Orden del Día, se conoce el expediente tramitado al efecto, los informes obrantes en el mismo, incluido el emitido con fecha 01/11/23 por la Adjunta a la Secretaría General del Pleno, así como el Dictamen de la Comisión Permanente de Economía, Hacienda y Administración Pública de 08/11/23, sobre aprobación de la masa salarial máxima del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba para el ejercicio 2023, con una subida total del 3 % (2,5 % + 0,5 %), en la cantidad de 9.553.428,31 €, respecto a las retribuciones a 31 de diciembre de 2022.

Sometido el asunto a votación, el Excmo. Ayuntamiento Pleno por mayoría de 25 votos a favor de los representantes de los grupos municipales Popular (15), Socialista (7) y Hacemos Córdoba (3) y 3 abstenciones de los representantes del grupo municipal VOX, adoptó los siguientes

ACUERDOS:

PRIMERO. Aprobar la masa salarial máxima del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba para el ejercicio 2023, con una subida total del 3 % (2,5 %+0,5 %), en la cantidad de 9.553.428,31 euros, respecto a las retribuciones a 31 de diciembre del ejercicio 2022, conforme a lo previsto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 2023, en su artículo 19.Dos.1 y 19.Dos.2.a).

SEGUNDO. Proceder a la publicación de este acuerdo, tanto en la sede electrónica de la Corporación como en el Boletín Oficial de la Provincia en el plazo de 20 días.

Lo que se hace público en virtud de lo dispuesto en en el artículo 122.5 apartado d) de la Ley de Bases de Régimen Local, para general conocimiento y dando cumplimiento a lo dispuesto en el mencionado acuerdo.

En Córdoba, a fecha de Firma electrónica. La Teniente Alcalde Delegada de Recursos Humanos y Salud Laboral, Gestión, Salud y Consumo, Juventud. Cintia Bustos Muñoz.

Córdoba, 17 de noviembre de 2023. Firmado electrónicamente por la Concejala con Delegación, Cintia Bustos Muñoz.

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