Boletín nº 225 (27-11-2023)

VIII. Otras Entidades

Patronato Deportivo Municipal
Palma del Río (Córdoba)

Nº. 5.058/2023

El Presidente del Patronato Deportivo Municipal de Palma del Río, ha dictado el Decreto 161/2023, de 16 de noviembre, que a continuación se transcribe:

«Decreto sobre aprobación de la Convocatoria y las Bases reguladoras que han de regir el proceso selectivo para el acceso a dos plazas de Operario/a de Instalaciones, personal laboral fijo, por turno libre, mediante el procedimiento de concurso-oposición, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2020 del Patronato Deportivo Municipal de Palma del Río.

Visto que con fecha 26 de noviembre de 2020, el Presidente del Patronato Deportivo Municipal, dictó el Decreto 132/2020, aprobando la Oferta de Empleo Público del 2020 del Patronato Deportivo Municipal, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 236, de 11 de diciembre de 2020, en la que se oferta dos plazas de Operario/a de Instalaciones, Grupo AP, personal laboral fijo, por turno libre.

Visto que con fecha 6 de noviembre de 2023, fue dictada Providencia por la Teniente de Alcaldía y Concejala Delegada de Administración General, instando a que por el Servicio de Recursos Humanos proceda a incoar el correspondiente procedimiento para llevar a cabo la convocatoria del proceso selectivo para proveer en propiedad dos plazas de Operario/a de Instalaciones vacantes en la plantilla de personal laboral del Patronato Deportivo Municipal de Palma del Río (Córdoba), incluida en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2020.

Visto el informe favorable del Comité de Empresa y de la Junta de Personal sobre la propuesta de bases reguladoras que han de regir el proceso selectivo para el acceso a dos plazas de Operario/a de Instalaciones, personal laboral fijo, por turno libre, mediante el procedimiento de concurso-oposición, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2020 del Patronato Deportivo Municipal de Palma del Río.

Visto el informe del Servicio de Recursos Humanos, Área de Administración General, de fecha 13 de noviembre de 2023, y visto el informe emitido con fecha 16 de noviembre de 2023, por el Sr. Interventor de Fondos al respecto.

Y de conformidad con lo establecido en la legislación de Régimen Local vigente, por medio del presente

HE RESUELTO

PRIMERO. Aprobar la convocatoria y las Bases reguladoras del proceso selectivo para el acceso a dos plazas de Operario/a de Instalaciones, personal laboral fijo, por turno libre, mediante el procedimiento de concurso-oposición, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2020. Dichas bases se transcriben a continuación.

SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto con cargo a las aplicaciones presupuestarias consignadas en el Presupuesto Municipal.

TERCERO. Publicar este Decreto y las bases íntegras en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de Anuncios Electrónico del Patronato Deportivo Municipal de Palma del Río y en su pagina web, siendo la fecha de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba la que servirá para el inicio del cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

«BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL ACCESO COMO PERSONAL LABORAL FIJO, DE DOS PLAZAS DE OPERARIO/A DE INSTALACIONES, POR TURNO LIBRE, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2020,  DEL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE PALMA DEL RÍO.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de las presentes bases la convocatoria del proceso selectivo para el acceso como personal laboral fijo, de dos plazas de Operario/a de Instalaciones, mediante el sistema de concurso-oposición, turno libre, Grupo AP, incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2020, aprobada por el Sr. Presidente del Patronato Deportivo Municipal por Decreto 132/2020, de 26 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 236, de 11 de diciembre de 2020.

La selección se llevará a cabo garantizando, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, consagrados en la legislación reguladora de la selección de personal al servicio de la Administración Pública.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a persona, aspirante, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

A quién resulte contratado le será de aplicación la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, que desarrolla aquella Ley.

Las funciones a desarrollar son las siguientes:

Mantenimiento, limpieza, vigilancia, custodia y control de las Instalaciones deportivas, recintos anexos e instalaciones auxiliares. Control de usos y usuarios, así como otras tareas auxiliares.

SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) No haber sido condenado mediante sentencia firme por los delitos contra la libertad e indemnidad sexual y trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluida la pornografía, con independencia de la edad de la víctima.

f) Estar en posesión del permiso de conducción clase B.

Por pertenecer las plazas de Operario/a de Instalaciones al Grupo AP, no se exige titulación.

Los requisitos enumerados en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la formalización del correspondiente contrato.

Para ser admitido en esta convocatoria los aspirantes manifestarán en su solicitud que reúnen los requisitos a), b), c), d), e) y f) exigidos en esta base.

Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en el impreso de solicitud (Anexo II- Observaciones) las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo. Con este fin, el Tribunal aplicará adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Las personas interesadas deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

TERCERA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

La convocatoria del proceso selectivo, juntamente con sus Bases íntegras, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón electrónico de Edictos del Patronato Municipal de Deportes de Palma del Río y en su página web.

La solicitud manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos en la base segunda de esta convocatoria, se deberá presentar conforme al impreso establecido en el Anexo II de estas bases. Se dirigirá al Presidente del Patronato Municipal de Deportes de Palma del Río y se presentará en el Registro General del Patronato Municipal de Deportes de Palma del Río o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las A

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