Boletín nº 227 (29-11-2023)

VI. Administración Local

Mancomunidad de Municipios Valle del Guadiato
Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba)

Nº. 5.114/2023

Mediante Resolución de la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios Valle del Guadiato número 2023/000156, de fecha 22 de noviembre de 2023, se aprueban las siguientes:

BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO/A INTERINO/A PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE PERSONAL TÉCNICO DEL PROGRAMA DE EXPERIENCIAS PROFESIONALES PARA EL EMPLEO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS VALLE DEL GUADIATO, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS.

PRIMERA. JUSTIFICACIÓN

Visto que la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público que modifica el artículo 10.1 apdo. c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que permite el nombramiento de funcionarios interinos, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, cuando se dé la circunstancia de ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán una duración superior a los tres años.

Considerando que la Mancomunidad de Municipios Valle del Guadiato ha presentado solicitud de subvención en virtud de la Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para 2023 de las subvenciones reguladas en la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no laborales en empresas, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía.

Considerando que esta Mancomunidad se encuentra en un caso excepcional, debido al déficit de personal, no existiendo personal funcionario que, pueda acometer las tareas de los puestos de trabajo, es por ello que ante la publicación, con fecha 20 de noviembre de 2023, de la propuesta provisional de resolución de la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba la relación provisional de entidades beneficiarias y suplentes en el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, relativa al programa de experiencias profesionales para el empleo, convocatoria 2023, se hace necesario que con carácter de urgencia se proceda a la selección del personal, ya que la fecha de inicio del programa se indica para el 26 de diciembre de 2023.

SEGUNDA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la convocatoria la selección, mediante el sistema del concurso de méritos, y posterior nombramiento de funcionario/a interino/a para cubrir el puesto de trabajo que se relaciona en el punto 3 de la presente convocatoria, necesario para la ejecución del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, conforme a lo dispuesto en la Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para 2023 de las subvenciones reguladas en la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no laborales en empresas, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía.

TERCERA. PUESTO DE TRABAJO Y FUNCIONES

B) DOS TÉCNICOS/AS DEL PROGRAMA DE EXPERIENCIAS PROFESIONALES PARA EL EMPLEO.

El/la Funcionario/a interino que resulte nombrado, quedará obligado al desempeño de las funciones propias de su puesto:

1. Planificar las prácticas teniendo en cuenta los requisitos de los puestos, la estructura organizativa de la empresa y las características de las personas participantes en el programa (objetivos, actividades, tiempos, recursos, etc).

2. Supervisar y asesorar, de forma individual y periódica, el proceso de las personas participantes en la empresa, y contrastar la información recogida con la persona tutora de empresa.

3. Ofrecer los talleres grupales y tutorías de seguimiento individuales, a las personas participantes en el programa.

4. Valorar el aprovechamiento y rendimiento de la persona participante en el programa, para conocer y garantizar su nivel de integración y conocimiento en la cultura de la empresa y en su entorno laboral.

5. Planificar en coordinación con la persona tutora de práctica visitas, para el seguimiento conjunto de la acción, con el objetivo de solventar y resolver situaciones antes de que finalice la práctica.

6. Evaluar, junto con la persona tutora de práctica, los resultados de los procesos en los que han estado inmersas las personas participantes en el programa.

7. Servir de conexión entre la entidad y la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo, entre otras cuestiones, en lo relativo a la tramitación y gestión de los convenios de prácticas, y el registro, publicación y seguimiento en el Servicio Telemático de Orientación (STO), de las prácticas que se van a ofertar

CUARTA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para ser admitidos en el proceso selectivo, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

-Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

-Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

-En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

-Deberá cumplir con lo establecido en el artículo 11 de la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se desarrolla el Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, de prácticas no laborales en empresas, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía:

a) Estar en posesión de una titulación universitaria en Ciencias Humanas y Sociales (Psicología, Pedagogía, Psicopedagogía, Sociología/Ciencias Políticas y Sociología, Ciencias del Trabajo, Educación Social, Trabajo Social, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Relaciones Laborales y Graduado Social, Derecho, Economía, Administración y Dirección de Empresas y Ciencias Empresariales).

b) Acreditar una experiencia profesional de, al menos, 6 meses en el ejercicio de acciones de Orientación Profesional para la Inserción, o, en su defecto, formación en materia de Orientación Profesional para la Inserción de al menos 50 horas impartida por organismos oficiales u homologada por estos.

Se entiende que la persona aspirante está en condiciones de obtener tu titulación cuando haya abonado la correspondiente tasa de expedición del título académico. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de homologación o convalidación correspondiente.

Los requisitos establecidos en estas bases deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario/a interino/a.

QUINTA. SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad de Municipios Valle del Guadiato, y se presentarán en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Los requisitos, así como los méritos invocados, deberán reunirse en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Las instancias se presentarán conforme al modelo que se adjunta como Anexo I a las presentes bases, en el que seleccionará el puesto de trabajo al que opta, y manifestará que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos y anexo II (autobaremación, especifica para el puesto al que opta) señalando la puntuación que

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