Boletín nº 228 (30-11-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 5.164/2023

La Tercera Teniente de Alcaldía y Concejala Delegada de Administración General, ha dictado el Decreto 3446/2023, de 24 de noviembre de 2023, que a continuación se transcribe:

Decreto sobre rectificación de las Bases de la Convocatoria del proceso de selección para la provisión en propiedad de nueve plazas de personal funcionario, Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local de Palma del Río, por turno libre, mediante el sistema de oposición, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2021, 2022 y 2023, del Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba).

Visto el requerimiento efectuado por la Delegación del Gobierno de Córdoba, Servicio Administración Local, de la Junta de Andalucía, con fecha de Registro de Entrada en este Ayuntamiento el 23 de noviembre de 2023 y nº de Registro 049/RE/E/2023/6806.

RESUELVO

PRIMERO. Rectificar las bases de la Convocatoria del proceso de selección para la provisión en propiedad de nueve plazas de personal funcionario, Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local de Palma del Río, por turno libre, mediante el sistema de oposición, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2021, 2022 y 2023, del Ayuntamiento de Palma del Río, suprimiendo en el apartado 4.3 de la base 4. Solicitudes, el párrafo siguiente:

La falta de abono de la Tarifa en el plazo de presentación de las solicitudes de participación en el proceso selectivo es insubsanable posteriormente, y determinará que el solicitante quede excluido del mismo, solo será subsanable la falta del justificante del pago, siempre que se hubiera hecho en el plazo de presentación de solicitudes.

SEGUNDO. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Tablón electrónico de Edictos del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río y en su pagina web, para general conocimiento.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, se podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa en relación con el artículo 46 de la citada Ley Jurisdiccional.

En el supuesto de que fuese interpuesto recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición, o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado.

No obstante se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso estime procedente.

Palma del Río, 24 de noviembre de 2023. Firmado electrónicamente por la Concejala de Administración General, Rosa María Canovaca Segura.

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