Boletín nº 232 (07-12-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Luque

Nº. 5.285/2023

I CONCURSO DE CARROZAS NAVIDEÑAS

BDNS(Identif.): 730971

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/730971)

I CONCURSO DE CARROZAS NAVIDEÑAS

Con motivo de las fiestas navideñas y de la Cabalgata de SSMM LOS REYES MAGOS DE ORIENTE, el Ayuntamiento de Luque organiza por primera vez el I CONCURSO DE CARROZAS NAVIDEÑAS

Podrán participar los particulares que lo deseen, así como, las asociaciones, cofradías y entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. Los interesados deberán presentar su solicitud de inscripción en el Registro General del Ayuntamiento de Luque, en el plazo de siete días a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (ANEXO I)

A la solicitud de las asociaciones, cofradías y entidades se acompañara:

Estatutos

DNI del representante

Nombramiento

A la solicitud de los particulares:

DNI

Las bases además serán publicadas en la página WEB municipal y tablón de anuncios

Cada colectivo deberá designar una persona responsable de su carroza, fácilmente identificable.

Las carrozas deberán reunir unos requisitos mínimos para acceder a los premios, como son:

Las Carrozas deberán ser tiradas por tracción mecánica.

El vehículo o auto vehículo que traslade la carroza será de total responsabilidad de los representantes de la carroza y deberá tener todo tipo de permisos y seguros para circular. El Ayuntamiento no se hará responsable de los vehículos que no cumplan las condiciones exigidas por la normativa de tráfico.

Las Carrozas deberán disponer de un escenario diseñado con motivos navideños o infantiles.

Todos los participantes deberán estar en el lugar y hora que se designe por el Ayuntamiento como inicio de la Cabalgata

Todas las carrozas presentadas y admitidas al Concurso objeto de estas bases quedan obligadas a participar en el pasacalles y recorrido completo organizado y marcado por el Ayuntamiento.

La simple participación en el citado concurso, supondrá la plena aceptación de las bases correspondientes y la absoluta conformidad con las decisiones del jurado, sin derecho a reclamación o recurso algunos, además de la aceptación de las decisiones que, como consecuencia de cualquier imprevisto, hayan de adoptar o adopten, el Jurado o la organización del concurso correspondiente.

Para la calificación y concesión de premios, el jurado tendrá en cuenta la decoración y el ambiente de la carroza: cante, música, la disposición, el impacto visual, la iluminación, la creatividad, la originalidad y el colorido y el esfuerzo e interés demostrado por todos los participantes.

Criterios de valoración y puntuación (15 puntos como mayor puntuación)

El impacto visual y la iluminación (de 1 a 5 puntos)

La creatividad, la originalidad y el colorido (de 1 a 5 puntos)

El esfuerzo e interés (de 1 a 5 puntos)

Se puede obtener una puntuación máxima de 15 puntos por carroza.

Los premios de cada categoría serán imputados a la partida presupuestaria del Ayuntamiento de Luque 338-48000 Fiestas Populares y Festejos y se ejecutarán con el plan de fondos y el calendario de pagos previstos en Tesorería:

Primer premio: 700€

Segundo premio: 500€

Tercer premio: 300€

Los premios estarán sujetos a las retenciones fiscales según la legislación vigente.

El jurado estará compuesto por:

Presidente: Tercer Teniente de Alcalde: Delegación Cultura, Festejos y Turismo

Secretario: Segunda Teniente de Alcalde: Delegación de Hacienda, Mayores, Medio Ambiente y Participación ciudadana

Vocales: Tres representantes de distintas asociaciones del Término Municipal de Luque

Si, a juicio del jurado, las carrozas presentadas no reunieran calidad para optar a los premios o no cumplieran las condiciones establecidas, podrían declararse desiertos todos o alguno de los premios.

Prohibiciones:

Aquella carroza que no cumpla estos requisitos no optará a premio alguno.

Queda prohibido en las carrozas el uso de materiales naturales que estén protegidos por la legislación vigente.

Se prohíbe la utilización de productos pirotécnicos.

No se permitirán diseños que cuenten con elementos ofensivos o antidemocráticos.

Las carrozas no podrán ir publicitadas.

El desfile será el día 5 de enero de 2024, con salida a las 17:30 horas desde la Plaza de España

El fallo del jurado será inapelable y será comunicado a los premiados. Habiendo fallado el Jurado el premio, se emitirá propuesta de resolución por la Concejalía de Festejos como órgano instructor a la Alcaldía como órgano de aprobación de la concesión del citado premio.

Previamente a la formulación de la propuesta de resolución, el órgano instructor comprobará que el beneficiario cumple los requisitos establecidos en el apartado duodécimo de las presentes bases.

El incumplimiento por parte del/la creador/a premiado/a de los requisitos establecidos será causa de anulación respecto a la propuesta de concesión del premio. En tal caso, y consultado el Jurado, el premio podrá ser considerado desierto o concederse a la obra que haya quedado en segundo lugar.

El acto de entrega de los premios acto público organizado por el Ayuntamiento de Luque cuya fecha, hora y lugar de celebración será comunicado a los premiados por correo electrónico con suficiente antelación.

El importe del premio se hará efectivo una vez se presente en el registro de entrada la solicitud (ANEXO II)

El Área de Cultura, Festejos y Turismo del Ayuntamiento de Luque se reserva el derecho de alterar o suprimir las presentes bases, informándolo con antelación.

ANEXO I

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN I CONCURSO DE CARROZAS NAVIDEÑAS AYUNTAMIENTO DE LUQUE ARE AREA DE CULTURA, FESTEJOS Y TURISMO

Nombre de la Asociación, Cofradía o Entidad y/o Nombre del particular:

Persona responsable:

CIF de la entidad o DNI del particular:

Dirección:

Correo electrónico:

Teléfono:

A la solicitud de las asociaciones, cofradías y entidades se acompañará:

Estatutos

DNI del representante

Nombramiento

A la solicitud de los particulares se acompañará:

DNI

Protección de datos: La inscripción al presente concurso supone la aceptación total de las bases de la convocatoria. En caso de no facilitarnos sus datos personales o los de su representante legal no podremos tramitar su inscripción. En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que los datos por Vd. proporcionados en todos los formularios y comunicaciones que realice durante la celebración de este concurso serán objeto de tratamiento por parte del Excelentísimo Ayuntamiento de Luque, con CIF P-1403900-B y domicilio en Plaza de España 1 , provincia de Córdoba, con la finalidad de gestionar su solicitud de participación en dicho concurso. La base legal para el tratamiento de sus datos es el consentimiento por usted prestado en cuanto al tratamiento de los datos e información por usted facilitados y en el interés legítimo del responsable del tratamiento en lo relativo a la difusión de datos e imágenes de los participantes y/o ganadores de los premios del concurso en virtud de las presentes bases en cualquier medio de comunicación, redes sociales o sitios webs, organismos y entidades colaboradoras y/o o patrocinadoras, así como realizar cuantas comunicaciones sean necesarias relativas a eventos, concursos o cualquier otra actividad promovida u organizada por el Excelentísimo Ayuntamiento de Luque

Sus datos se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales y mientras usted no revoque su consentimiento. Los datos no se cederán a terceros, salvo en los casos en que exista una obligación legal o en los que usted haya consentido expresamente. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en el Excelentísimo Ayuntamiento de Luque se están tratando sus datos personales y, por tanto, tiene derecho a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento, portabilidad, oposición al tratamiento y supresión de sus datos mediante escrito dirigido a la dirección postal arriba mencionada o electrónica dpo@antequera.es, adjuntando copia del DNI en ambos casos, así como el derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de Control (aepd.es) o (https://www.ctpdandalucia.es/ventanilla-electronica). Como participante del concurso, declaro haber sido informado del tratamiento de mis datos personales y de ser consciente de que, conforme a lo dispuesto por el Reglamento Europeo de Protección de Datos, no marcar la casilla implica no dar el consentimiento para la difusión de sus imágenes, por lo que si quiere prestar el consentimiento es necesario que marque la casilla que se ofrece a continuación. Por favor, marque la casilla correspondiente: TENGA EN CUENTA QUE, SI NO MARCA LA CASILLA, NO SALDRÁ SU IMAGEN. Doy mi consentimiento para que mi imagen aparezca publicada, tanto en la página Web del Excelentísimo Ayuntamiento de Luque, como en las cuentas que el Ayuntamiento tiene en las redes socia

AL SR. ALCALDE PRESIDENTE

ANEXO II

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D.____________________________________ con N.I.F. ______________________en representación de la Asociación/Entidad/Cofradía__________________________-con CIF______________________

IBAN__________________________________________

DECLARA:

Que con relación al I Concurso de Carrozas Navideñas no dispongo de ningún otro premio ó subvención por el mismo concepto-

En caso contrario, paso a detallar las subvenciones ó premios que se hayan solicitado o recibido previamente por parte de otras instituciones o entidades, públicos o privadas, así como que la suma de las mismas no excede del coste del proyecto subvencionado:

ENTIDAD

IMPORTE

Así mismo declaro que:

Se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, devengadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2023.

Que no incurre en ninguna de las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Que no estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición de beneficiario, señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del cumplimiento de obligaciones de reintegro que, en su caso se le hubiesen exigido.

Que no está incurso/a en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ni se trata de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

En su caso, que la contabilidad de la entidad se lleva conforme a las normas de adaptación del Plan general de contabilidad para las entidades sin fines lucrativos (Real Decreto 776/1998, de 30 de abril). (Sólo para entidades y asociaciones).

Luque a______de________________de 20___.

Fdo:

AL SR. ALCALDE PRESIDENTE

Luque, 1 de diciembre de 2023. Firmado electrónicamente por el 3º Teniente de Alcalde - Concejal de Delegación Cultura, Festejos y Turismo, Eduardo Jiménez Marín.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
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