Boletín nº 10 (15-01-2024)

VI. Administración Local

Mancomunidad de Municipios Alto Guadalquivir
Montoro

Nº. 116/2024

Por Resolución de Presidencia, de fecha 12 de enero de 2024, han sido aprobadas las bases y la convocatoria del procedimiento de selección de un funcionario/a interino/a para la cobertura del puesto de técnico/a para el programa de proyectos integrales para la inserción laboral de esta Mancomunidad, cuyo texto se transcribe a continuación:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, DE UN TÉCNICO/A PARA EL PROGRAMA DE PROYECTOS INTEGRALES PARA LA INSERCIÓN LABORAL DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS CORDOBESES DEL ALTO GUADALQUIVIR.

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria

Es objeto de las presentes bases la cobertura del puesto de trabajo con carácter temporal, a jornada completa, de técnico/a para el desarrollo del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral en la Mancomunidad de Municipios Cordobeses del Alto Guadalquivir, al amparo de la resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General del Servicio de Empleo (BOJA nº 213, de 7 de noviembre de 2023), por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023, de las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del citado programa (BOJA nº 192, de 5 de octubre de 2023), sobre la base de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

La presente selección se realiza para cubrir las necesidades de selección de personal para el desarrollo del referido programa de carácter temporal y a través de su nombramiento como funcionario interino/a.

El procedimiento de selección será mediante el sistema de oposición, consistiendo éste en una prueba oral mediante llamamiento único para realizar una valoración objetiva de conocimientos, siéndole de aplicación a las presentes bases, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y cualquier otra disposición que resulte de aplicación.

SEGUNDA. Características del puesto ofertado

Las características del puesto ofertado son las siguientes:

Grupo

A

Subgrupo

A2

Denominación

Técnico/a para el programa de proyectos integrales para la Inserción Laboral

Nº de vacantes

1

Sistema de selección

Oposición

El objeto principal del proyecto es el de promover la inserción laboral, a través del desarrollo de Proyectos Integrales de personas pertenecientes a colectivos vulnerables. Los proyectos integrales se compondrán de acciones para la atención, entre las que se incluirán las actuaciones de orientación laboral y las de formación, y acciones para la inserción que contemplan las actuaciones de orientación para el empleo y las de prospección en el mercado de trabajo.

La jornada laboral se desarrollará de forma presencial, en función de las necesidades organizativas de la entidad y a criterio de la misma siendo reguladas por la Presidencia, preferentemente en horario de mañana y de lunes a viernes, cuyo centro de trabajo se encuentra en la sede administrativa de la Mancomunidad Alto Guadalquivir en Montoro, con desplazamientos a los municipios que integran esta Mancomunidad (Adamuz, Bujalance, Cañete de las Torres, El Carpio, Pedro Abad, Villa del Río y Villafranca de Córdoba).

Esta selección se lleva a cabo al amparo de la Resolución de la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral del Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andalucía de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral a esta Mancomunidad, de fecha 14 de diciembre de 2023.

TERCERA. Requisitos de los aspirantes

Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 106 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía:

a. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 5/2023.

b. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d. No haber sido separado o separada, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo de personal funcionario o para ejercer funciones similares a las que se desempeñaban, en el caso del personal laboral, en el que se hubiese sido separado o separada, o inhabilitado o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente, ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

e. Estar en posesión de una Titulación Universitaria, preferentemente, en las áreas de Psicología, Pedagogía, Psicopedagogía, Ciencias Políticas, Sociología, Ciencias del Trabajo, Educación Social, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Relaciones Laborales y Graduado Social, Derecho, Economía, Administración y dirección de empresas y Ciencias Empresariales.

f. Carnet de conducir B y disponibilidad para viajar, al ser necesario desplazarse entre los diferentes municipios que integran esta Mancomunidad.

g. Deberá contar, en todo caso, con el dominio de manejo de internet y de las herramientas ofimáticas.

h. No ejercer ninguna actividad incompatible, de conformidad con lo establecido en la normativa de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de presentación de la solicitud y mantenerse hasta el momento de su nombramiento, excepto el apartado h) que surtirá efectos sólo en el momento de su nombramiento.

CUARTA. Forma y plazo de presentación de las solicitudes

Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los/as aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán a la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios Cordobeses del Alto Guadalquivir y se presentarán en el Registro Electrónico General de esta Mancomunidad o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días naturales contados a partir del siguiente al del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, debido a la necesidad y urgencia del procedimiento, con motivo de los cortos plazos marcados por la subvención para el inicio e incorporación del personal técnico.

La solicitud firmada (Anexo I) deberá ir acompañada de la fotocopia de los siguientes documentos:

a. Documento Nacional de Identidad.

b. Permiso de conducir B, debido a la necesidad de desplazamientos.

c. Titulación académica.

El hecho de presentar solicitud para tomar parte en esta convocatoria constituye sometimiento expreso de los/as aspirantes a las bases reguladoras del mismo.

QUINTA. Proceso de selección

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Mancomunidad dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. Dicha Resolución se publicará en el Tablón de edictos de la sede electrónica de la Mancomunidad de Municipios Cordobeses del Alto Guadalquivir:

(https://sede.altoguadalquivir.es/altoguad/tablon-de-edictos).

Las subsanaciones relativas a la exclusión u omisión de aspirantes del listado provisional de admitidos/as irán dirigidas a la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios Cordobeses del Alto Guadalquivir y se presentarán a través de la sede electrónica de la misma, en el plazo de 3 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el tablón de edictos de la Mancomunidad, debido a la necesidad y urgencia del procedimiento con motivo de los cortos plazos marcados por la subvención para el inicio e incorporación del personal técnico.

Terminado el plazo de subsanaciones al listado provisional de admitidos/as, la Presidencia de la Mancomunidad dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que será publicada en el tablón de edictos de esta Mancomunidad:

(https://sede.altoguadalquivir.es/altoguad/tablon-de-edictos). Junto a dicho listado definitivo se convocarán a las personas aspirantes a la fase de oposición.

El procedimiento de selección será mediante oposición libre de la siguiente forma:

1. Todos/as los/as aspirantes admitidos/as en el listado definitivo serán convocados/as mediante un llamamiento único, con indicación expresa del lugar y la hora, para la realización de esta fase.

2. Los/as aspirantes convocados/as serán examinados/as por el tribunal de manera individual para la realización de una prueba oral objetiva consistente en 6 preguntas de entre las siguientes materias:

-Conocimiento de los estatutos y organización interna de la Mancomunidad de Municipios Cordobeses del Alto Guadalquivir.

-Conocimiento del tejido empresarial de la comarca del Alto Guadalquivir.

-Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los programas para la inserción laboral.

-Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.

-Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023, de las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre de 2023.

-Políticas Activas de Empleo.

-Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

-Servicio Andaluz de Empleo. Orientación laboral, empleabilidad e inserción laboral.

-Servicio de Empleo Público Estatal. Tipos de contratos de trabajo. Incentivos a la contratación laboral.

3. Cada una de las preguntas será baremada con una puntuación máxima de 1 punto. Dicha calificación será asignada tras realizar el cálculo de la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del tribunal.

Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes, la Comisión de selección la hará pública por orden de puntuación en el Tablón de edictos de esta Mancomunidad.

En caso de empate en la puntuación final, lo resolverá la Comisión de selección de conformidad con el orden establecido por la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Junta de Andalucía, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de los/as aspirantes en las pruebas selectivas, que sea válida en el último día de presentación de instancias.

Las alegaciones relativas a la puntuación final irán dirigidas a la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios Cordobeses del Alto Guadalquivir y se presentarán a través de la sede electrónica de dicha Mancomunidad, en el plazo de 3 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Tablón de edictos de la misma, debido a la necesidad y urgencia del procedimiento con motivo de los cortos plazos marcados por la subvención para el inicio e incorporación del personal técnico.

Una vez concluido el plazo de alegaciones al listado con la puntuación final de la fase de oposición, la Comisión de Selección hará pública en el Tablón de Edictos de la sede electrónica de la Mancomunidad de Municipios Cordobeses del Alto Guadalquivir, la resolución de dichas alegaciones, si hubiesen y la relación definitiva de aspirantes por orden de puntuación, elevándose a la Presidencia de la Mancomunidad propuesta de nombramiento como funcionario/a interino/a, para la ejecución de programas de carácter temporal, de la persona que haya obtenido mayor puntuación final en el proceso selectivo.

El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Mancomunidad, dentro del plazo de tres días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la propuesta de nombramiento, los documentos originales o copias compulsadas de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, así como la documentación complementaria aportada para su nombramiento. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor que procedan, el/la aspirante propuesto/a no presentase la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su documentación y se pasaría al llamamiento del siguiente de la lista según orden de puntuación.

Por razones de economía y eficiencia, el presente proceso selectivo también servirá para configurar una lista de reservas para futuras vacantes en el desarrollo del citado programa, u otros de similar naturaleza y fines, según la puntuación final obtenida en el procedimiento y con una vigencia de dos años desde la fecha de la publicación de las presentes bases.

SEXTA. Tribunal calificador

La composición de los miembros de la Comisión de Selección deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

Todos los miembros tendrán voz y voto y deberán poseer un nivel de titulación o especialización iguales o superiores al exigido para el acceso a la plaza.

Los miembros de la Comisión de Selección actuarán con plena autonomía y serán responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento selectivo y del cumplimiento de las bases de la convocatoria.

La Comisión de Selección estará designada por la Presidencia de la Mancomunidad y quedará constituida de la siguiente forma:

-Presidente/a.

-Secretario/a.

-Tres Vocales.

La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Selección será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Para la válida constitución de la Comisión de Selección en cada una de sus sesiones, bastará con la asistencia del presidente/a, secretario/a y uno/a de los/as Vocales.

La Comisión podrá determinar que se incorporen al mismo, los asesores y colaboradores que estime conveniente, que se integrarán con voz y sin voto.

SÉPTIMA. Recursos

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la resolución que aprueba la presente convocatoria se podrá interponer por las personas interesadas recurso potestativo de reposición previo al Contencioso-Administrativo, ante la Presidencia de esta Mancomunidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución. Asimismo, se podrá interponer directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, conforme a lo previsto en los artículos 8.1 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de dicha publicación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Contra las resoluciones y cuantos actos administrativos se deriven de la actuación del Tribunal de Selección, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes desde que se dictó la resolución, ante la Presidencia de la Mancomunidad de Municipios Cordobeses del Alto Guadalquivir, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Montoro, 12 de enero de 2024. Firmado electrónicamente por la Presidenta, Elena Alba Castro.


Adjuntos: 116_anexo_i.pdf |

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