Boletín nº 36 (20-02-2024)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Delegación Territorial en Córdoba

Nº. 502/2024

Servicio de Administración Laboral

Expediente: 14/13/0025/2024

Código de Convenio: WG71NY58

Visto el Acuerdo regulador de condiciones de trabajo de Personal Funcionario presentado por el INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE CÓRDOBA (IMDECO), suscrito el día 8 de noviembre de 2023, por el mencionado Instituto y la organización sindical UGT, de conformidad con las disposiciones de aplicación contenidas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y con los artículos 2, 8 y siguientes del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA nº 215, de 31 de octubre), el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la Organización Territorial Provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA Ext. nº 90, de 30 de diciembre), modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto (BOJA Ext. nº 29, de 30 de agosto), el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías (BOJA Ext. nº 25, de 26 de julio), modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto (BOJA Ext. nº 27, de 8 de agosto), y el Decreto 155/2022, de 9 agosto, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (BOJA Ext. nº 28, de 11 de agosto).

ACUERDA

PRIMERO. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

SEGUNDO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 9 de febrero de 2024. Firmado electrónicamente por la Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de Córdoba, María Dolores Gálvez Páez.

ACUERDO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL

INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE CORDOBA, 

IMDECO

(aprobado en Mesa de Negociación del Personal Funcionario del IMDECO, 

celebrada el día 8 de noviembre de 2023 -csv:

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Capítulo I. Condiciones generales

Artículo 1. Base jurídica, objeto, ámbito funcional y territorial

Artículo 2. Ámbito personal

Artículo 3. Ámbito temporal. Denuncia y prórroga

Artículo 4. Unidad normativa

Artículo 5. Derecho supletorio, vinculación y condiciones más beneficiosas

Artículo 6. Sucesión universal y mantenimiento del empleo

Artículo 7. Comisiones Delegado/s Personal -Dirección del MDECO

Artículo 8. Asistencia del/de los delegados de personal a reuniones del Consejo Rector

Artículo 9. Acoso sexual y psicológico en el trabajo

Capítulo II. Organización del trabajo, jornada laboral, calendario y horarios

Artículo 10. Organización del trabajo

Artículo 11. Cambio en la gestión de una instalación y/o Centro de Trabajo

Artículo 12. Plantilla de Personal

Artículo 13. Relación de puestos de trabajo

Artículo 14. Clasificación del personal funcionario

Artículo 15 Jornada Laboral

Artículo 16. Horario de trabajo. Control horario

Artículo 17. Formación

Artículo 18. Calendario laboral

Artículo 19. Situaciones administrativas y modalidades de la excedencia de los funcionarios de carrera

Artículo 20. Código de conducta laboral y régimen disciplinario

Artículo 21. Secciones sindicales

Artículo 22. Representación del personal funcionario

Artículo 23. Garantías sindicales

Artículo 24. Horas sindicales

Artículo 25. Actuaciones

Artículo 26. Derecho de reunión

Artículo 27. Disposiciones generales

Artículo 28. Notificación de acuerdos de los órganos corporativos

Capítulo III. Modificación de condiciones de trabajo, movilidad administrativa, funcional y geográfica

Artículo 29. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo

Artículo 30. Movilidad administrativa

Artículo 31. Movilidad funcional

Artículo 32. Traslados obligatorios por necesidades temporales o por reorganización o reestructuración del Organismo

Artículo 33. Otros supuestos de movilidad

Capítulo IV. Sistema de ingreso, promoción y provisión de vacantes

Artículo 34. Personal de nuevo ingreso. Acceso a la función pública

Artículo 35. Procesos selectivos de promoción interna

Artículo 36. Concurso de traslado

Artículo 37. Plazas de libre designación

Artículo 38. Nombramientos

Artículo 39. Retribuciones

Artículo 40. Sueldo

Artículo 41. Pagas Extraordinarias

Artículo 42. Trienios o antigüedad

Artículo 43. Complemento de Destino

Artículo 44. Complemento específico

Artículo 45. Gratificaciones extraordinarias

Artículo 46. Percepción de haberes

Artículo 47. Vacaciones, permisos y festivos

Artículo 48. Fiestas

Artículo 49. Permisos y derechos

Capítulo V. Prevención de Riesgos Laborales

Artículo 50. Disposiciones Generales

Artículo 51. Reconocimiento médico

Artículo 52. Ropa de trabajo

Artículo 53. Enfermedad y accidentes

Artículo 54. Ausencias por enfermedad

Capítulo VI. Atenciones sociales

Artículo 55. Anticipos reintegrables

Artículo 56. Defensa jurídica

Artículo 57. Ayudas para gastos de sepelio

Artículo 58. Uso de las instalaciones deportivas del Instituto Municipal de Deportes

Artículo 59. Ayudas sociales

Artículo 60. Indemnización por daños en el trabajo

Artículo 61. Ayuda por familiares discapacitados

ACUERDO DEL PERSONAL FUNCIONARIO

DEL INSTITUTO MUNICIPAL

DE DEPORTES DE CORDOBA, IMDECO

Capítulo I 

Condiciones generales

Artículo 1. Base jurídica, objeto, ámbito funcional y territorial

El presente texto tiene su fundamento en el acuerdo libremente expresado entre el IMDECO y la Organización Sindical UGT, que cuenta con legitimación negocial, de conformidad con las disposiciones contenidas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (T.R.E.B.E.P., en lo sucesivo), aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y se dicta para regular las condiciones de trabajo, sociales, relaciones de servicios y laborales del personal funcionario en todos los centros de trabajo dependientes del IMDECO, considerándose como tales los existentes en el momento de la adopción de este Acuerdo y cuantos en lo sucesivos se establezcan.

En todo lo no recogido en el presente Acuerdo o que haya sido pactado, se aplicarán las condiciones más beneficiosas que resulten de la aplicación en la normativa del Estado y/o de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los empleados públicos, respetando los criterios establecidos en el artículo 5 del presente Acuerdo.

Artículo 2. Ámbito personal

1. El presente Acuerdo será de aplicación al personal en situación de servicio activo o equiparable, que perciba sus retribuciones con cargo al Presupuesto del IMDECO, integrado por:

a) Funcionario de Carrera.

b) Funcionarios Interinos en cualquiera de las modalidades previstas en el art

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