Boletín nº 39 (23-02-2024)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 615/2024
Extracto del acuerdo n.º 102/24 de la Junta de Gobierno Local, de fecha 12 de febrero, por el que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones a empresas y autónomos de la delegación de cultura para el año 2024
BDNS(Identif.): 744795
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/744795)
Primero. Beneficiarias
Podrán ser beneficiarios las personas físicas que sean profesionales inscritos en el régimen especial de trabajadores autónomos a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes y las personas jurídicas con ánimo de lucro, que desarrollen una actividad económica o empresarial relacionada con el objeto de la convocatoria, siempre que tengan su domicilio o sede en el municipio de Córdoba y/o que el proyecto objeto de la subvención se realice en el mismo.
Segundo. Objeto.
Proyectos que tengan por objeto la realización de producciones, proyectos o actividades en el ámbito de la cultura, en concreto las artes escénicas (teatro, danza y circo), artes plásticas y de la imagen, música, literatura, patrimonio histórico artístico o publicaciones.
La actividad o el proyecto debe desarrollarse en el término municipal de Córdoba.
Tercero. Bases Reguladoras
Las bases de la convocatoria, se consultarán a través de la página https://cultura.cordoba.es
Cuarto. Cuantía
La cantidad destinada a la convocatoria será de 100.000,00 €, ampliable hasta 150.000,00 €.
La cuantía de la subvención obtenida por los beneficiarios vendrá determinada en función de la puntuación que el proyecto presentado obtenga de acuerdo con los criterios establecidos en la Base Undécima, sin que en ningún caso pueda ser superar el 80 % del importe del presupuesto del proyecto presentado ni, en todo caso, la cantidad de quince mil euros #15.000,00 € #.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P.
Sexto. Otros datos
De conformidad con las bases de la convocatoria, la presentación de las solicitudes será obligatoriamente por medios electrónicos, a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/cordoba) o mediante su presentación en otros registros electrónicos a que se refiere el art. 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud ha de presentarse, bien en el formulario normalizado que puede descargarse en la página:
https://cultura.cordoba.es/ o bien a través del trámite específico previsto en la sede, en caso de que esté habilitado, junto a la documentación que acredite la identidad del solicitante y de sus representantes y la memoria o proyecto.
Los proyectos o actividades deberán haber sido realizados o realizarse en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Córdoba, 20 de febrero de 2024. Firmado electrónicamente por el Concejal Delegado de Relaciones Institucionales, Julián Urbano de Sotomayor.