Boletín nº 59 (25-03-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva del Rey

Nº. 853/2024

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial adoptado, en sesión ordinaria, celebrada el día 21 de diciembre de 2023, aprobatorio de la ORDENANZA REGULADORA DEL FUNCIONAMIENTO Y USO DE LA PISTA DE PÁDEL MUNICIPAL Y DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN de Villanueva del Rey, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA REGULADORA DEL FUNCIONAMIENTO Y USO DE LA PISTA DE PÁDEL MUNICIPAL Y DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN

ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO

La presente Ordenanza, con base en el artículo 84.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el artículo 127 en relación con el 41 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, establece las condiciones generales de uso y la tasa por la utilización de las de las Pista Municipal de Pádel propiedad del Ayuntamiento de Villanueva del Rey.

ARTÍCULO 2. OBJETO

Es objeto de la presente Ordenanza:

a) Establecer las normas generales de uso de la Pista de Pádel Municipal.

b) Establecer el precio público a satisfacer por la utilización de dichas Instalaciones.

ARTÍCULO 3. COMPETENCIA

Se faculta al Sr. Alcalde para:

a) Exigir responsabilidades e indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados a las instalaciones, así como imponer sanciones a los usuarios por el incumplimiento de lo establecido en esta ordenanza.

b) Alterar, por necesidades del servicio público u organización administrativa, de interés general o de fuerza mayor, el orden de preferencia en la utilización del servicio y los horarios de apertura y cierre, así como otras cuestiones específicas relacionadas con las normas de funcionamiento de las instalaciones.

TÍTULO PRIMERO

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

ARTÍCULO 4. USUARIOS

a. Podrán hacer uso de las instalaciones de la Pista de Pádel Municipal las personas residentes y no residentes en el municipio de Villanueva del Rey mayores de 12 años.

b. Se prohibe el uso de la Pista de Pádel Municipal a menores de 12 años, salvo que estén acompañados en todo momento de una persona mayor de edad que se responsabilice de su guardia y custodia.

c. Se prohibe el uso de la Pista de Pádel Municipal a aquellas personas que hayan sido sancionadas conforme a esta Ordenanza y durante el tiempo que dure de sanción.

d. Queda prohibida la utilización de la Pista de Pádel Municipal para dar clases particulares por parte de particulares. Esta actividad, únicamente podrá ser desarrollada y/o autorizada por el Ayuntamiento de Villanueva del Rey.

ARTICULO 5. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES

5.1  HORARIO DE LA PISTA

Sin perjuicio de lo previsto por el artículo 3.b) de la Ordenanza, los horarios de apertura y cierre de la pista de pádel serán:

-Horario de invierno: Del 1 de octubre al 31 de mayo, ambos incluidos. De lunes a domingo: De 09:00 a 22:00 horas.

-Horario de verano: Del 1 de junio al 30 de septiembre, ambos incluidos. De lunes a domingo: De 08:00 a 24:00 horas.

5.2  RESERVA DE PISTA

a) La reserva de la Pista de Pádel Municipal se realizará al Monitor Deportivo del Ayuntamiento de lunes a viernes en el horario laboral del mismo que se hará constar junto con el teléfono de contacto en las instrucciones que se publiquen en la página web municipal:

(https://villanuevadelrey.es).

b) La reserva de la Pista de Pádel para el fin de semana deberá realizarse antes de las 14:00 horas del viernes y para los festivos con una antelación de dos días hábiles.

c) El Ayuntamiento se reserva el derecho de dejar sin efecto la autorización de uso de una franja horaria en casos especiales en que se haya de atender una petición extraordinaria, o cuando se trate de actos organizados por el Ayuntamiento. En todo caso, se comunicará a los afectados con la máxima antelación posible y, siempre que sea posible, se trasladará la autorización de uso a otro día o a otra franja horaria, o se procederá, en su caso, a la devolución del importe del precio público.

d) Los menores de 12 años deberán utilizar las pistas acompañadas de un adulto siendo éste el que realice la reserva.

e) Cuando las condiciones meteorológicas sean adversas (lluvia, viento, calor extremo, etc), no se podrá utilizar la pista. En caso de que las condiciones de la pista o la climatología no permitan la práctica deportiva, se tendrá la opción de cambiar la reserva para otro día o solicitar la devolución, en su caso, del importe del precio público, anulando la reserva.

5.3  PROCEDIMIENTO DE RESERVA

La Pista de Pádel Municipal permanecerá cerrada el tiempo que no esté siendo utilizada por los deportistas. Para poder jugar en ella, se deberá realizar obligatoriamente una reserva, cuyo procedimiento es el siguiente:

Para poder utilizar la pista se tendrá que hacer una reserva en la oficina del monitor deportivo del Ayuntamiento de Villanueva del Rey. En ese momento, se facilitará una clave de acceso que habrá que introducir en el sistema (monedero) habilitado en las instalaciones deportivas, donde se facilitarán las llaves para abrir la pista de pádel. Al terminar el tiempo de juego, los usuarios deberán cerrar las instalaciones y volver a depositar las llaves en el monedero, para que estén disponibles para los usuarios siguientes.

Para utilizar los focos de luz existentes en las instalaciones, los usuarios deberán hacer uso del monedero electrónico instalado, a tal efecto, en las instalaciones deportivas.

Si la pista estuviera ocupada la hora anterior o posterior, las llaves irán pasando de un usuario a otro, según se dictamine desde el área de deportes, respetando siempre los horarios de ocupación.

Los turnos de reserva de la pista será de 90 minutos, siendo necesaria la presencia de, al menos, 2 jugadores y debiendo facilitar el nombre de todos los jugadores que intervengan. Se dispondrá de 5 minutos de cortesía para abandonar la pista y dejar cerradas las puertas.

Una vez concluido el tiempo de juego, los usuarios deberán abandonar la pista y recoger todas sus pertenencias, cerrando las puertas de acceso y devolviendo las llaves en el lugar indicado por el personal responsable del Ayuntamiento. En los casos que se haya utilizado los focos de luz, los jugadores deberán abandonar las instalaciones cinco minutos antes de acabar su hora de reserva, ya que los focos se apagarán.

En el área de deportes del Ayuntamiento existirá un registro donde se podrá consultar y reservar la pista. En él se escribirá el nombre y apellidos del usuario/a que hace la reserva y la fecha de la misma.

Transcurridos 15 minutos de la hora reservada, y en el caso de no ser ocupada por los usuarios, dicha reserva quedará anulada automáticamente.

Un mismo usuario no podrá reservar la pista durante más de un turno seguido. La pista se podrá reservar como máximo con 7 días de antelación.

La no utilización de una pista reservada se deberá comunicar con antelación suficiente. Si la causa fuese por enfermedad o indisposición, están obligados a comunicarlo igualmente para gestionar las llaves al siguiente usuario o punto de control.

Para la utilización de la pista con luz artificial (focos) en turnos posteriores a uno que tiene encendidos los focos, se deberá introducir una nueva ficha antes de que termine el turno anterior, sin esperar a que se apaguen los focos. El tiempo de cada ficha es acumulativo.

El tiempo de uso de la instalación será el que se ha reservado, que puede no coincidir con el tiempo de uso de focos; es decir, si introducimos la ficha posteriormente al inicio de nuestra reserva y nos sobra tiempo de luz al terminar el turno reservado, ese tiempo sólo se podrá utilizar si no hay un turno de reserva posterior.

5.4 EQUIPAMIENTO:

a) El equipamiento para acceder a la pista debe ser deportivo y adecuado a la práctica del deporte.

b) Las zapatillas deportivas deben ser de suela de goma.

c) Solo se usarán palas y pelotas de pádel, quedando excluidos otros materiales deportivos como pueden ser raquetas de tenis, palas de playa y frontón, sticks, pelotas de frontón, balones, etc.

d) La pista está adecuada solamente para la práctica de pádel, por lo que la práctica de cualquier otro juego o deporte está prohibida.

5.5 NORMATIVA DE JUEGO

1. No se permite la entrada a la pista de bicicletas, patines o análogos.

2. El pádel es un deporte para practicar un máximo

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