Boletín nº 62 (01-04-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 913/2024

ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN¹

Intentada la notificación personal en el domicilio de los interesados que se indica, de la providencia de la Alcaldía, de fecha 5 de febrero de 2024, sin que se haya podido practicar, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su notificación mediante la publicación de anuncio:

Atendido que este Ayuntamiento con CIF P1400700I ha conocido la existencia de circunstancias suficientes para presumir que las personas que a continuación se relacionan no residen en este municipio y en el domicilio en el que figuran empadronados durante la mayor parte del año:

NOMBRE

APELLIDOS

DNI-NIF

ELENA

DUNAVATU

&&...855N

AURELIAN LAURENTIU

DUNAVATU

&&&.810J

CONSTANTIN

MIHAI

&&...512C

CONSTANTINA

MIHAI

&&...831T

COSMIN IONUT

MIHAI

&&...873L

VIOREL ANDREI

MIHAI

&&...919L

NICUSOR

CEAPA

&&...946L

STEFAN

CONSTANTIN

&&...578S

OCTAVIAN MIHAI

SOLOIU

&&...700V

JEVGENIJS

PETROCENKOVS

&&...430Z

IONUT DUMITRU

ZGIRCEA

&&...776K

ANA MARÍA

ZGIRCEA

&&..085W

SEBASTIÁN GABRIEL

ZGIRCEA

&&...952Y

DARIUS DANIEL

ZGIRCEA

NO TIENE

FRANCISCO MANUEL

MALPICA CABEZAS

&&...069Y

CATALIN IONEL

DRAGAN

&&...520A

SPERANTA GEANINA

DRAGAN

&&..059W

VASILE VALENTIN

VLAICU

&&...866X

HAMZA

EL HMIDI

&&...278F

TOMAS

LIUIMA

&&.899W

ÁLVARO

CALVO RUIZ

Nacido -2006

MOHAMED MAHMOUD

GUEYA

&&...925E

CRISTIAN

LACATUS

&&...089N

ALINA NICOLETA

MOLDOVAN

&&..125W

DENISA CRISTINA

MOLDOVAN

&&...170R

LARISA

DOMBROVAN

&&...194K

STEFAN

LACATUS

&&...289R

MIHAITA RAZVAN STEFA

SAICU

&&.. 099H

RAFAEL

ALGUACIL LUQUE

&&..927W

SALVADOR

ROSALES CASTRO

&&&116S

GUADALUPE

AGUILERA GARVIN

&&...126J

CHRISTIAN

LAMBERT FERNÁNDEZ

&&..212A

STEFAN SORIN

MOLDOVAN

&&..650T

PETRONELA VIORICA MA

RAKOCZI

&&..0944

PHILIPA MARTINA

ENGELS

&&...791J

AGUSTÍN

LÓPEZ ONIEVA

&&..763G

AUREL

CIORTAN

&&..691P

MARÍA

NEGOITA

&&..352A

ALEXANDRU

CIORTAN

&&.317W

IANIS ANDREI

CIORTAN

&&.328Q

MARIUS FLORIN

DIACONU

&&..495Z

ANA MARÍA

CIORIIA

&&..4301

MARIANO

BUENO ESPINOSA

&&..240F

AMADORA

HERNANDEZ PLANTÓN

&&..982T

DANIEL

AVALOS MUDARRA

&&..340K

JENIFER MARÍA

GALVEZ AGUILERA

&&..569H

DANIEL

GALVEZ AGUILERA

&&..099D

AZIZ

BENKEJJANE

&&.864M

RADU

STANA

&&..896S

(1) La notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el "Boletín Oficial del Estado". Asimismo, previamente y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar un anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado. Se podrán establecer otras formas de notificación complementarias a través de los restantes medios de difusión, que no excluirán la obligación de publicar el correspondiente anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".

Atendido que el artículo 54.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, establece la obligación de toda persona que viva en España de estar inscrito en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente y, en caso de residir en varios municipios, únicamente en el que habite durante más tiempo al año. La falsedad en el empadronamiento puede ser considerada como infracción electoral y sancionada con multa de 100,00 a 1.000,00 euros, conforme a lo dispuesto en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Atendido que los servicios municipales competentes, tras las comprobaciones oportunas, han constatado que las citadas personas no residen habitualmente en este municipio, por lo que procede la incoación de expediente de baja de oficio en el Padrón municipal por inscripción indebida.

En cumplimiento del artículo 72 del citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal,

RESUELVO:

1.º Que se inicie el procedimiento para dar de baja de oficio en el Padrón municipal por inscripción indebida a las personas indicadas, por haberse comprobado que no residen en este municipio durante la mayor parte del año.

2.º Que se notifique la presente por los procedimientos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los afectados para que, en un plazo de² diez días, aleguen y presenten por escrito los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que residen el mayor número de días al año, o bien manifiesten su conformidad con la baja, indicando el domicilio, municipio y, en su caso, país en el que viven habitualmente, en cuyo caso deberán solicitar por escrito el alta en el Padrón municipal correspondiente, que será tramitada por este Ayuntamiento.

(2) El plazo no será inferior a diez días ni superior a quince, prorrogable por la mitad del concedido.

Si los interesados manifiestan su disconformidad con la baja o no efectúan alegación alguna una vez transcurrido el plazo señalado al efecto, y no figuran empadronados en ningún otro municipio, se procederá a su baja de oficio del Padrón municipal, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento.

Baena, a 12 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, María Jesús Serrano Jiménez.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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