Boletín nº 94 (16-05-2024)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Delegación Territorial en Córdoba

Nº. 1.798/2024

Servicio de Administración Laboral

Expediente: 14/01/0078/2024

Código de Convenio: RP71KM18

Visto el Texto del Acuerdo Colectivo Complementario al III Convenio Colectivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el sector del Estacionamiento Regulado en Superficie y Retirada y Depósito de Vehículos de la Vía Pública, de fecha 22 de abril de 2024, entre la representación de la empresa ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS SAU, y la de su personal adscrito al Servicio de Estacionamiento regulado de la ciudad de Córdoba, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, modificado por el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA nº 215, de 31 de octubre), el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA Ext. nº 90, de 30 de diciembre), modificado por Decreto 300/2022, de 30 de agosto; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre Reestructuración de Consejerías (BOJA Ext. nº 25, de 26 de julio), modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto (BOJA Ext. nº 27, de 8 de agosto), y el Decreto 155/2022, de 9 agosto, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (BOJA Ext. nº 28, de 11 de agosto),

ACUERDA

PRIMERO. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

SEGUNDO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 8 de mayo de 2024. Firmado electrónicamente por la Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, María Dolores Gálvez Páez.

Parte Empresarial:

Don Luis Manuel Jiménez Sánchez.

Don José Jesús López Salmerón.

Don José Luis Murillo Ortiz.

Parte Social:

Don Juan Martínez Beltrán.

Don José Manuel Carrillo Pizarro.

Siendo las 12:00 horas, del día 22 de abril del año dos mil veinticuatro, se reúnen los al margen referenciados a fin de continuar con la negociación del acuerdo colectivo complementario al III Convenio Colectivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el sector del estacionamiento regulado en superficie y retirada y depósitode vehículos de la vía pública de Estacionamientos y Servicios SAU, con su personal adscrito al Servicio de Estacionamiento regulado de la ciudad de Córdoba.

Después de diversas deliberaciones ambas partes llegan al siguiente acuerdo colectivo complementario al III Convenio Colectivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el sector del estacionamiento regulado en superficie y retirada y depósito de vehículos de la vía pública, en adelante Convenio Autonómico de Andalucía del sector del Estacionamiento Limitado:

1. Se procederá a aplicar con efectos de uno de enero de 2023, coincidiendo su finalización con la del Convenio Autonómico de Andalucía del sector del Estacionamiento Limitado.

2. Dado que la naturaleza del acuerdo es la mejora del convenio sectorial, los conceptos en él pactados son consolidables, por tanto, no serán compensables ni absorbibles con los establecidos en el referido convenio sectorial salvo si en el futuro estos se contemplen en el Convenio Autonómico de Andalucía del sector del Estacionamiento Limitado, siendo en este último caso absorbibles y compensables en la cantidad que corresponda.

3. Los conceptos y materias no regulados en el presente acuerdo lo serán por el Convenio Autonómico de Andalucía del sector del Estacionamiento Limitado.

4. El complemento ad personam que perciban los trabajadores se incrementará anualmente en el mismo porcentaje que lo hagan las tablas salariales del Convenio Autonómico de Andalucía del sector del Estacionamiento Limitado, no siendo compensable ni absorbible.

Plus de recaudación, conteo y complementario.

Se establece un plus de recaudación, para el controlador designado por la empresa que realice esta función y por día efectivo que la realice. La cuantía del plus será de:

Año

2023

2024

2025

2026

Importe (€)

2,84

2,90

2,96

3,02

Se establece un plus de conteo para el trabajador que realice el conteo de monedas por día efectivo que lo realice. La cuantía del plus será de:

Año

2023

2024

2025

2026

Importe (€)

1,36

1,39

1,41

1,44

Se establece un plus complementario, para las siguientes categorías profesionales, que se abonará en las 12 mensualidades del año con lasiguiente cuantía mensual:

Auxiliar Administrativo:

Año

2023

2024

2025

2026

Importe (€)

79,13

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