Boletín nº 115 (17-06-2024)

VIII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Córdoba

Nº. 2.172/2024

EDICTO

EXPEDIENTE CB2/2024.

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, celebrada el día 27 de mayo de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

Nº 542/24. GERENCIA DE URBANISMO. 31. PROPUESTA DEL CONSEJO RECTOR DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO, DE CESIÓN DE PARCELAS INTEGRANTES DEL PATRIMONIO MUNICIPAL DEL SUELO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS, A PROPUESTA DE LA EMPRESA VIVIENDAS MUNICIPALES DE CÓRDOBA (VIMCORSA).

PRIMERO. Ceder directa y gratuitamente a la Empresa municipal VIMCORSA los bienes pertenecientes al Patrimonio Municipal del Suelo que a continuación se describen con destino a la construcción de viviendas, locales y garajes protegidos:

1. URBANA: PARCELA UNO. Parcela de terreno sita en el término municipal de Córdoba, en la unidad de ejecución RG-2, de 288,61 metros cuadrados de superficie. Linda: al norte con calle Rinconada; sur con calle Acera de Granada; este con edificio recayente a calle Acera de Granada y al oeste con parcela nº 2. Le es de aplicación la ordenanza MC 2, de cuya aplicación resulta una edificabilidad máxima de 894,74 metros cuadrados techo.

Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3 de Córdoba, al Tomo 2303 Libro 576 Folio 72.

Finca Registral 24527. CRU: 14020000318175.

REFERENCIA CATASTRAL: 4135616UG4943N0001JA.

Figura en el Inventario de Patrimonio Municipal de Suelo con Código de Bien 10315.

Naturaleza Patrimonial. Titular Fiduciaria: Gerencia de Urbanismo.

VALORACIÓN: TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (381.651,35€).

DESTINO: Promoción de viviendas protegidas en régimen general de venta, cocheras y trasteros.

2. FINCA NÚMERO CUATRO. URBANA: Finca número 3.2.

Parcela de terreno edificable en el término municipal de Córdoba, con una superficie de seiscientos metros cuadrados con veinticinco decímetros cuadrados (606,25 m²), incluida toda ella dentro de la única Unidad de Ejecución del Plan Especial de Reforma Interior LE-19 del PGOU de Córdoba. Tiene forma rectangular. Se corresponde a la segunda de las dos fincas en las que está dividida la manzana número 3 del PERI LE-19. Linderos: Su fachada mira al Sureste y limita con la finca de resultado nº 8, registral 82.814, destinada a vial en la parte de la calle de Nuestra Señora de la Merced por donde tiene acceso; linda por la izquierda, con la finca de resultado nº 3.1, registral 82.802; linda por la derecha con la finca de resultado nº 9, registral 82.816, destinada a Espacios Libres y que separa a la parcela de la finca de resultado nº 4, registral nº 82.806, y linda por el fondo con la finca de resultado nº 9, registral 82.816, destinada a Espacios libres del PERI LE-19. Se le atribuye una edificabilidad total de dos mil setecientos veintiocho metros cuadrados, con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados (2.728,54 m²) de techo, que habrá de destinarse a Uso Residencial de tipo Plurifamiliar en Manzana Cerrada siéndole de aplicación la Ordenanza MC-LE-19- VPO de vivienda de Protección Oficial, que se establece para ello en el PERI LE-19, con una altura máxima de seis plantas un porcentaje máximo de ocupación del 100% en planta baja y del 80% en el resto de plantas, y un número máximo de 26 viviendas.

Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 6 de Córdoba al Tomo 2596, Libro 1481 Folio 6 Finca Registral nº 82804. IDUFIR: 14025000672241.

REFERENCIA CATASTRAL: 5362502UG4956S0001QT.

Figura en el Inventario de Patrimonio Municipal de Suelo con Código de Bien 10411.

Naturaleza Patrimonial. Titular Fiduciaria: Gerencia de Urbanismo.

VALORACIÓN: QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DIECINUEVE EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS (569.719,15€).

DESTINO: Promoción de 24 viviendas, cocheras y trasteros protegidos.

3. FINCA NÚMERO SEIS. URBANA: Finca número 5. Parcela de terreno edificable en el término municipal de Córdoba, con una superficie de ochocientos setenta y cinco metros cuadrados (875,00 m²), incluida toda ella dentro de la única Unidad de Ejecución del Plan Especial de Reforma Interior LE-19 del PGOU de Córdoba. Tiene forma rectangular. Linderos: Su fachada mira al Sureste y limita con la finca de resultado nº 8, registral 82.814, destinada a vial en la parte de la calle de Nuestra Señora de la Merced por donde tiene su acceso; linda por la izquierda con la finca de resultado nº 9, registral 82.816, destinada a Espacios Libres y que separa la parcela de la finca de resultado nº 4 registral 82.806; linda por la derecha con la finca de resultado nº 8, registral 82.814, destinada a vial en la parte de la calle Grabador Palomino, y linda por el fondo con la finca de resultado nº 9, registral 82.816, destinada a Espacios Libres y que la separa la parcela de finca de resultado nº 7, registral 82.812, destinada a equipamiento del PERI LE-19. Se le atribuye una edificabilidad total de tres mil novecientos treinta y siete metros cuadrados, con cincuenta decímetros cuadrados (3.937,50 m²) de techo, que habrá de destinarse a Uso Residencial de tipo Plurifamiliar en Manzana Cerrada siéndole de aplicación la Ordenanza MC-LE-19- VPO, de vivienda de Protección Oficial, que se establece para ello en el PERI LE- 19, con una altura máxima de seis plantas, un porcentaje máximo de ocupación del 100% en planta baja y del 80% en el resto de plantas, y un número máximo de 36 viviendas.

Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 6 de Córdoba al Tomo 2596, Libro 1481 Folio 16.

Finca registral n.º 82808. IDUFIR: 14025000672265.

REFERENCIA CATASTRAL: 5463901UG4956S0001TT.

Figura en el Inventario de Patrimonio Municipal de Suelo con Código de Bien 10412.

Naturaleza Patrimonial. Titular Fiduciaria: Gerencia de Urbanismo.

VALORACIÓN: OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO CINCUENTA EUROS (822.150€).

DESTINO: Promoción de 36 viviendas, cocheras y trasteros protegidos.

SEGUNDO. Ratificar el Acuerdo de fecha 16 de octubre de 2009, adoptado por la Junta de Gobierno Local, de cesión directa y gratuita a la Empresa municipal VIMCORSA del bien perteneciente al Patrimonio Municipal del Suelo que a continuación se describe con destino a la construcción de viviendas, locales y garajes protegidos:

URBANA: PARCELA DOS. Parcela de terreno sita en el término municipal de Córdoba, en la Unidad de Ejecución RG-2, de 1.047,39 metros cuadrados de superficie. Linda: al norte con calle Rinconada; sur con calle Acera de granada; este con calle de nueva apertura y oeste con parcelas 1. Le es de aplicación la ordenanza MC 2, de cuya aplicación resulta una edificabilidad máxima de 3.247,01 metros cuadrados techo.

Afecta a las determinaciones urbanísticas previstas en el PGOU de Córdoba y demás normas de desarrollo.

Afecta al pago del saldo de la liquidación definitiva de los gastos de urbanización que con carácter de carga real impone el artículo 102.2.c de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, que equivale para esta finca al cuarenta con treinta y dos por ciento de los gastos de urbanización, provisionalmente fijado en la suma de ciento setenta y siete mil doscientos trece euros sesenta y dos céntimos.

Inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3 de Córdoba, al Tomo 2303 Libro 576 Folio 86 Finca Registral n.º 24529. CRU: 14020000318182.

REFERENCIA CATASTRAL: 4135617UG4943N0001EA.

Figura en el Inventario de Patrimonio Municipal de Suelo con Código de Bien 10429.

Naturaleza Patrimonial. Titular Fiduciaria: Gerencia de Urbanismo.

VALORACIÓN: SETECIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON DIECISIETE CÉNTIMOS (720.349,17€).

DESTINO: Promoción de viviendas protegidas en régimen general de venta, cocheras y trasteros.

TERCERO. Dar traslado del presente Acuerdo así como del informe del Servicio de Patrimonio y Contratación de la GMU:

(CSV b2d630bf212f157dddfd70b1c609a4b97be98453), que sirven de motivación para su adopción, a los efectos de aceptación expresa por la Empresa municipal VIMCORSA.

CUARTO. De conformidad con el artículo 27 LBELA, las parcelas objeto de cesión directa y gratuita revertirán al Ayuntamiento de Córdoba si no se edifican según destino previsto en el presente Acuerdo, en el plazo de cinco años contados a partir de la formalización del mismo, debiendo mantenerse su destino durante el plazo de treinta años siguientes.

QUINTO. Facultar al Presidente del Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo para la firma de cuantos documentos, incluida la formalización en escritura pública, sean precisos para la formalización del presente acuerdo de cesión directa y gratuita.

SEXTO. Someter el expediente al trámite de información pública, por plazo de 20 días, mediante su publicación en Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de anuncios, al objeto de que pueda ser examinado y, en su caso, se formulen alegaciones o reclamaciones. En el caso de que no se formulen alegaciones o reclamaciones en el plazo de 20 días hábiles, a contar del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, el presente Acuerdo se entenderá adoptado definitivamente.

Asimismo, e

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