Boletín nº 116 (21-06-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 2.047/2017

Con fecha 30 de mayo de 2017, el Sr. Alcalde-Presidente ha dictado el Decreto anotado en el Libro de Resoluciones con el número 749 cuyo tenor literal es el siguiente:

Decreto sobre nombramiento de don Pedro Velasco Sierra como miembro de la Junta de Gobierno Local y Quinto Teniente de Alcalde.

Visto el Decreto 1.801/2015, de 17 de junio, sobre nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local, en el que entre otros se nombra a don Pedro Velasco Sierra como miembro de la Junta de Gobierno Local.

Visto que con fecha 17 de junio de 2015, el Sr. Alcalde dictó el Decreto anotado en el libro de resoluciones con número 1802 sobre nombramiento y funciones de los Tenientes de Alcalde, en el que entre otros se nombra Quinto Teniente de Alcalde a don Pedro Velasco Sierra.

Visto que con fecha 30 de junio de 2015, el Sr. Alcalde-Presidente dictó el Decreto anotado en el libro de resoluciones con número 1951 sobre cese de don Pedro Velasco Sierra como miembro de la Junta de Gobierno Local y Quinto Teniente de Alcalde.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.1 y 52.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28 de noviembre de 1986, y en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 41.3 de la citada disposición, he resuelto:

Primero. Nombrar a Don Pedro Velasco Sierra miembro de la Junta de Gobierno Local.

Segundo. Nombrar a don Pedro Velasco Sierra Quinto Teniente de Alcalde.

Tercero. De conformidad con el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante de la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.

En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del Alcalde no podrán ser asumidas por el Teniente de Alcalde a quien corresponda sin expresa delegación, que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44.

No obstante lo anterior, cuando el Alcalde se ausente del término municipal por más de 24 horas, sin haber conferido la delegación, o cuando por causa imprevista le hubiere resultado imposible otorgarla, le sustituirá, en la totalidad de sus funciones, el Teniente de Alcalde a quien corresponda, dando cuenta al resto de la Corporación.

Igualmente, cuando durante la celebración de una sesión hubiere de abstenerse de intervenir, en relación con algún punto concreto de la misma, el Presidente, conforme a lo prevenido en el artículo 76 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, le sustituirá automáticamente en la presidencia de la misma el Teniente de Alcalde a quien corresponda.

En los supuestos de sustitución del Alcalde, por razones de ausencia o enfermedad, el Teniente de Alcalde que asuma sus funciones no podrá revocar las delegaciones que hubiera otorgado el primero en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.

Cuarto. Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, a los efectos de su conocimiento, se notificará personalmente al interesado, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba; sin perjuicio de su efectividad desde el día de la fecha de la presente resolución.

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 44.2 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Palma del Río, a 31 de mayo de 2017. Firmado electrónicamente por la Concejala por Delegación del Sr. Alcalde-Presidente, Auria María Expósito Venegas.

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