Boletín nº 201 (21-10-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Luque
Nº. 3.595/2019
Resolución de Alcaldía n.º 186/2019 del Ayuntamiento de Luque, por la que se modifica las bases primera, segunda, sexta, séptima y Anexo I de las bases y la convocatoria del concurso-oposición restringido para el acceso a la función pública del personal laboral del Ayuntamiento, para la funcionarización de las siguientes plazas, publicado en el BOP n.º 100, de 28 de mayo de 2019:
- Escala de Administración General. Subescala de Gestión; Técnico de Grado Medio. Grupo A. Subgrupo A2.
- Escala de Administración General. Subescala Administrativa. Grupo C. Subgrupo C1.
- Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Técnico de Grado Medio. Arquitectura Técnica. Grupo A. Subgrupo A2.
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía nº 186/2019, de fecha 20 de junio de 2019, la modificación de las bases primera, segunda, sexta y el Anexo I de la convocatoria del concurso-oposición restringido para el acceso a la función pública del personal laboral del Ayuntamiento, para la funcionarización de las siguientes plazas:
- Escala de Administración General. Subescala de Gestión; Técnico de Grado Medio. Grupo A. Subgrupo A2.
- Escala de Administración General. Subescala Administrativa. Grupo C. Subgrupo C1.
- Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Técnico de Grado Medio. Arquitectura Técnica. Grupo A. Subgrupo A2.
BASES PARA LA FUNCIONARIZACIÓN DEL PERSONAL
LABORAL FIJO EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO
DE LUQUE
Primera. Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria regular el acceso a la función pública como funcionarios de personal laboral afectado por la Disposición Transitoria Segunda del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que se relacionan en el Anexo a esta convocatoria, incluida en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2019, aprobada por Resolución de Alcaldía nº 93, de fecha 09/04/2019, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 76, de fecha 23 de abril de 2019.
El sistema de provisión será mediante promoción interna horizontal, para ser ocupadas por personal de este Ayuntamiento que tenga la condición de laboral fijo en plantilla y cumpla los requisitos establecidos en la Base segunda.
Segunda. Requisitos
Para formar parte en este concurso-oposición los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a la plantilla de personal laboral fijo que a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y estuviera desempeñando funciones de personal funcionario, el 13 de mayo de 2007.
b) Estar en activo y desempeñando funciones propias de personal funcionario.
c) Estar en posesión de la titulación exigida para cada una de las plazas que constan en el Anexo de esta convocatoria.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Sexta. Lugar y calendario de realización de las pruebas
Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en dependencias municipales, y darán comienzo en la fecha y hora que se determine por la Alcaldía.
A partir del inicio de la indicada fase de oposición, el Tribunal determinará la fecha para la práctica de las sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de cinco días hábiles ni más de cuarenta y cinco días hábiles.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, que se aplica de forma supletoria, en la convocatoria podrá establecerse la exención de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento se haya acreditado suficientemente en las de ingreso al cuerpo o escala de origen.
Séptima. Desarrollo del concurso-oposición
El concurso-oposición constará de dos fases diferenciadas; primero se celebrará la fase de oposición y después la del concurso.
A) Fase de oposición: Constará de un ejercicio que tendrá carácter eliminatorio.
Consistirá en contestar, por escrito un supuesto práctico relacionado con el temario correspondiente a cada puesto. La duración total del ejercicio será de 1 hora.
B) Fase de concurso: El Tribunal, procederá a la evaluación de los méritos alegados por los aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición con arreglo al siguiente baremo:
a) Valoración del trabajo desarrollado:
- Por cada año completo o fracción superior a seis meses de trabajo desarrollado en la Administración Local, en un puesto de trabajo clasificado en la misma categoría profesional y de la misma naturaleza del puesto a que se accede: 0,30 puntos.
- Por cada año completo o fracción superior a seis meses de trabajo desarrollado en la Administración Local, en un puesto de trabajo clasificado en inferior categoría profesional y de la misma naturaleza del puesto a que se accede: 0,20 puntos.
Puntuación máxima por este apartado: 6 puntos.
b) Antigüedad:
- Por cada año completo o fracción superior a seis meses, de servicios prestados en la Administración Local: 0,20 puntos.
Puntuación máxima por este apartado: 2 puntos.
c) Por Cursos, Seminarios, Congresos, Ponencias y Jornadas organizadas por Empresas y otros Organismos Públicos.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento expresamente incluidos en las convocatorias, que deberán versar sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo.
Puntuación máxima por este apartado: 2 puntos.
- Hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.
- De 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.
- De 30 a 49 horas: 0,15 puntos por curso.
- De 50 a 75 horas: 0,20 puntos por curso.
- De 76 a 100 horas: 0,25 puntos por curso.
- De 101 a 150 horas: 0,30 puntos por curso.
- De 151 a 250 horas: 0,40 puntos por curso.
- De 251 horas en adelante: 0,5 puntos por curso.
Acreditación de los méritos alegados: Los méritos alegados se acreditarán:
Valoración del trabajo y antigüedad: mediante certificación expedida por la Administración correspondiente.
Cursos de formación: mediante certificado o documento acreditativo de la asistencia expedido por el ente organizador de los mismos.
Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y su calificación, se hará pública en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento al menos una hora del inicio del ejercicio de la oposición.
ANEXO I. PLAZAS OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA,
TITULACIONES EXIGIDAS Y TEMARIO
Escala de Administración Especial
Subescala Técnica
Grupo: A. Subgrupo: A2
Denominación: Arquitectura Técnica
Titulación: Arquitectura Técnica
TEMARIO
Tema 1. Intervención en la edificación o uso del suelo.
Tema 2. Las licencias urbanísticas: actos sujetos, naturaleza y régimen jurídico.
Tema 3. Las órdenes de ejecución.
Tema 4. Deberes de conservación.
Tema 5. Régimen de la declaración de ruina.
Tema 6. Instrumentos de planeamiento general.
Tema 7. Planes Parciales.
Tema 8. Estudio de Detalle.
Tema 9. La inspección urbanística.
Tema 10. La restauración de la legalidad urbanística.
Escala de Administración General
Subescala de Gestión
Grupo: A. Subgrupo: A2
Denominación: Técnico de Grado Medio
Titulación: Grado universitario o equivalente.
TEMARIO
Tema 1. El Patrimonio de las entidades locales: bienes y derechos que lo conforman.
Tema 2. Clases de bienes.
Tema 3. Bienes de dominio público.
Tema 4. Bienes patrimoniales.
Tema 5. Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes.
Tema 6. Los bienes comunales.
Tema 7. El inventario.
Tema 8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre,