Boletín nº 91 (14-05-2021)
VIII. Otras Entidades
Fundación
Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí
Córdoba
Nº. 1.799/2021
RESOLUCIÓN DEFINITIVA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE SUBVENCIONES PARA APOYO A LA CREACIÓN EN EL ÁMBITO DE LAS ARTES PLÁSTICAS DURANTE EL AÑO 2020
A la vista de la Propuesta de Resolución Definitiva de fecha 26 de abril de 2021, he resuelto dictar Resolución Definitiva de la Convocatoria en los siguientes términos:
1º. Estimar parcialmente las alegaciones presentadas por D. Iván Pérez Gayarre, de conformidad con lo aprobado en la Comisión de Valoración de alegaciones celebrada el día 22 de abril de 2021, en los siguientes términos:
- Desestimar la valoración de las dos exposiciones aportadas en la alegación que no fueron incluidas en la solicitud de 18 de diciembre (exposición colectiva en la sala Zohart Gallery, y exposición colectiva en el Espacio Cultural de Salteras) por entender que no fueron presentadas en plazo y su valoración podría lesionar los derechos del resto de solicitantes.
- Estimar la solicitud de valoración de la exposición celebrada en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía en Córdoba con 0,25 puntos, en consonancia con los criterios de valoración contenidos en la base decimotercera.
- Aumentar la puntuación de Iván Pérez Gayarre según la siguiente tabla de valoración:
Criterio 1 |
Criterio 2 |
Criterio 3 |
Puntuación total |
0,25 |
6,43 |
6,90 |
13,58 |
2º. Desestimar las alegaciones presentadas por Adoración Fernández Aguilar de conformidad con lo aprobado en la Comisión de Valoración de alegaciones celebrada el día 22 de Abril de 2021, ya que la petición de revisión de la valoración de los criterios 2 y 3 referidos al porfolio gráfico y la descripción de la producción artística, se basa en la presentación de un nuevo dossier gráfico que completaba el anteriormente entregado con su solicitud de subvención, por considerar que está fuera de plazo, entendiendo que su valoración podría lesionar los derechos del resto de solicitantes.
3º. Conceder una subvención de 2.000,00 € a los beneficiarios indicados en el Anexo I de este Informe-Propuesta, con el turno de reserva indicado. De conformidad con lo establecido en la Base Decimoquinta de la convocatoria, el abono de la subvención se realizará en dos plazos, el primero se abonará con carácter anticipado tras la firma de la aceptación de la subvención por parte del beneficiario y el segundo pago, se abonará con carácter posterior a la finalización del proyecto una vez presentada en tiempo y forma la justificación por parte del beneficiario y aprobada por el órgano competente.
4º. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Córdoba a 6 de mayo de 2021. Firmado electrónicamente: La Presidenta, María Salud Navajas González.