Boletín nº 219 (18-11-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Castro del Río
Nº. 4.370/2021
Expte. Nº 8335/2021.
Asunto: Oferta de empleo público 2021.
Por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento, de fecha 21/10/2021, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2021.
PERSONAL FUNCIONARIO
Funcionarios de Carrera:
Escala |
Subescala |
Grupo |
Subgrupo |
Nº Vacantes |
Denominación |
Sistema de acceso |
Administracion general |
Administrativa |
C |
C2 |
2 |
Gestores administrativos polivalentes |
Turno libre |
Admitración especial |
Servicios especiales |
C |
C1 |
1 |
Policía Local |
Turno libre |
Admitración especial |
Servicios especiales |
C |
C1 |
1 |
Jefe Policía Local |
Turno libre |
PERSONAL LABORAL:
CATEGORÍA LABORAL |
ESPECIALIDAD |
Nº VACANTES |
DENOMINACIÓN |
SISTEMA DE ACCESO |
Fijo |
Albañilería |
1 |
Oficial Albañileria |
Turno libre |
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Castro del Río, 9 de noviembre de 2021. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Julio José Criado Gámiz.