Boletín nº 78 (26-04-2022)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 1.353/2022
Con fecha 19 de abril de 2022, se ha acordado por el Pleno de esta Corporación, CONSERVAR Y PROSEGUIR LA TRAMITACIÓN DE LAS ACTUACIONES PREVIAS ADOPTADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, EN RELACIÓN CON EL PROYECTO DE AGRUPACIÓN DE VERTIDOS Y EDAR DE VALENZUELA (PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO).
Desde la Delegación Territorial de Córdoba de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa, con fecha 13 de octubre de 2020 se le notifica y adjunta, a los interesados afectados en este procedimiento expropiatorio, con acuse de recibo, para su conocimiento y a los efectos legales oportunos, Resolución de 10 de septiembre de 2020 de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, Junta de Andalucía, por la que se aprueba el Proyecto de Agrupación de Vertidos y EDAR de Valenzuela, publicándose en el BOE de fecha 30 de septiembre de 2021, nº 234, los casos en los que no se pudo efectuar la notificación individual. Por tanto, atendiendo a la aprobación definitiva del citado proyecto y al consecuente inicio del procedimiento de expropiación forzosa pertinente, realizado desde las correspondientes Instituciones de la Junta de Andalucía, en cuyo expediente, queda acreditada la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación de bienes y derechos afectados, así como la declaración de la Urgente Ocupación, esta Corporación adopta en sesión plenaria ordinaria el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Conservar y Proseguir la tramitación de las actuaciones previas, adoptadas por la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, y desde la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Córdoba, que impulsó los trámites necesario para someter a información pública dicho proyecto a los efectos de lo previsto en materia de expropiación forzosa, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1.954 y Real Decreto de 26 de Abril de 1.957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en la superficie y términos indicados de las parcelas contenidas en la siguiente relación de de terrenos y propietarios de los mismos afectados por la citada expropiación:
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos cuya relación se recogen en dicho proyecto, en la que se describen en todos los aspectos material y jurídico, es la siguiente:
T. Mpal. Valenzuela |
U S O |
PROPIETARIOS |
Ocupación temporal (m²) |
Servidumbre (m²) |
Expropiación definitiva (m²) |
||
Polg. |
Parc. |
Subp |
|||||
2 |
11 |
C |
HROS. DE MIGUEL PEREZ PORCUNA |
591,39 |
606,39 |
135,67 |
|
2 |
9029 |
HG |
CONFEDERACIÓN HIDROG. GUADALQ. |
7,92 |
7,82 |
||
2 |
9007 |
VT |
JUNTA DE ANDALUCIA |
436,39 |
23,86 |
||
2 |
9 |
O |
GENARO GUTIERREZ CASTILLO |
949,45 |
438,59 |
19,08 |
|
2 |
10 |
O |
ANTONIO HORCAS LUQUE |
2658,00 |
556,50 |
||
2 |
195 |
a |
C |
HROS. DE ANTONIA PEREZ VELASCO |
23,52 |
||
2 |
8 |
C |
BARTOLOME LUQUE LUQUE |
4301,43 |
676,73 |
1,74 |
|
2 |
9004 |