Boletín nº 44 (04-03-2024)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 730/2024
Título: Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Puente Genil, de fecha 6 de febrero de 2024, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de urgencia y emergencia social para el ejercicio 2024.
BDNS (Identif.) 744420
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/744420)
Primero. Tipología de las ayudas económicas
Las ayudas que se pueden solicitar mediante esta convocatoria son las siguientes:
Ayuda de Urgencia Social (AUS): Aquella situación excepcional o extraordinaria y puntual que requiera de una actuación inmediata, sin la cual podría producirse un grave deterioro o agravamiento del estado de vulnerabilidad y de desprotección en una persona o, en su caso, una unidad de convivencia.
Ayudas de Emergencia Social (AES): Es la necesidad constatada, por los Servicios Sociales Comunitarios u otras instancias de las Administraciones Públicas competentes, de atención inmediata a personas o grupos de personas por situaciones de crisis social, catástrofes, accidentes, etc.
Ayudas Económicas Familiares, Orden de 10 de octubre de 2013, por la que se regulan las Ayudas Económicas Familiares y su gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establece la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios, constituyen prestaciones complementarias de los Servicios Sociales Comunitarios, de carácter temporal, dinerarias o enespecie, que se conceden a las familias para la atención de necesidades básicas de los y las menores a su cargo, cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello, y dirigidas a la prevención, reducción o supresión de factores que generen situaciones de dificultad o riesgo social para los y las menores con el fin de favorecer su permanencia e integración en el entorno familiar y social, evitando así situaciones de desprotección que pudieran producirse de continuar las mismas circunstancias.
Segundo. Personas beneficiarias
Serán destinatarias aquellas personas, unidades familiares (1) o unidades de convivencia (2) y familias monoparentales (3) que carezcan de recursos económicos suficientes para la cobertura de unas necesidades básicas que requieren de una actuación inmediata, sin la cual podría producirse un grave deterioro o agravamiento del estado de vulnerabilidad y de desprotección de las mismas y que reúna los requisitos recogidos en el artículo 3 de las bases reguladoras del citado programa aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 6 de febrero de 2024.
Tercero. Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la apertura de procedimiento de concesión de ayudas económicas no periódicas, es decir, ayudas de urgencia social y/o emergencia social (ya sean directa o indirectas) por el Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Puente Genil, destinadas a paliar situaciones extraordinarias o circunstanciales de las personas o familias que deben de ser atendidas de forma inmediata para evitar un deterioro grave de su situación y facilitar la superación de la crisis puntual en la que se encuentran.
Cuarto. Bases reguladoras
Bases reguladoras del Programa de prestaciones económicas de urgencia social y emergencia social para el ejercicio 2024:
https://bop.dipucordoba.es/show/20240229/announcement/593
Quinto. Cuantía
El importe máximo destinado para las ayudas es el que se consigna en la aplicación presupuestaria para el ejercicio 2024, sin menoscabo de las eventuales modificaciones para el incremento del crédito inicial, importe que, conforme a las previsiones a la fecha de la publicación de esta convocatoria es la siguiente:
231.0 480.18 |
Importe: 140.000 euros |
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse durante el ejercicio 2024, en función de la disponibilidad presupuestaria existente en cada momento.
La forma es la establecida en el Programa de prestaciones económicas de urgencia social y emergencia social para el ejercicio 2024.
Puente Genil, 29 de febrero de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Sergio Velasco Albalá.