Boletín nº 75 (18-04-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Luque

Nº. 1.197/2024

Expediente: 605/2024

Asunto: Régimen de asistencia e indemnización a favor miembros Corporación y Régimen de dotaciones económicas de grupos políticos municipales para el año 2024 y sucesivos si no se producen cambios.

PROPUESTA ALCALDÍA RELATIVA AL RÉGIMEN DE ASISTENCIAS E INDEMNIZACIONES A FAVOR MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN Y DOTACIONES ECONÓMICAS DE GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES

El artículo 75.3 y 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local establece que 3. Solo los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación exclusiva ni dedicación parcial, percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte, en la cuantía por el Pleno de la misma.

El artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local determina que el Pleno de la Corporación, con cargo a los Presupuestos anuales de la misma, podrá asignar a los Grupos Políticos una dotación económica.

Atendiendo a lo anterior, propongo al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO. Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones por asistencias:

1. Asistencia a sesiones celebradas por órganos Colegiados de la Corporación Municipal.

Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial, percibirán por la asistencia efectiva a las sesiones que celebren los órganos colegiados municipales de los que formen parte, las siguientes cuantías:

-Sesiones Ordinarias del Pleno: 80 euros.

-Sesiones Extraordinarias o Extraordinarias Urgentes del Pleno: 50 euros.

-Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de las Comisiones Informativas: 50 euros.

-Sesiones Ordinarias de la Junta de Gobierno: 80 euros.

-Sesiones Extraordinarias Junta de Gobierno: 50 euros.

SEGUNDO. Asignación a Grupos Políticos 0 euros.

TERCERO. Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

CUARTO. Dar traslado de los presentes acuerdos al Departamento de Personal y a la Intervención Municipal para su conocimiento y efectos oportunos.

Luque, 1 de abril de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Javier Ordóñez León.

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