Boletín nº 82 (29-04-2024)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 1.488/2024
El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 17 de abril de 2024, aprobó la modificación del Plan Provincial de Cooperación a las obras y servicios municipales 2020-2023, bienio 2022-2023, atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de Fuente Palmera en el siguiente sentido:
Primero. Modificar el Plan Provincial Plurianual de Cooperación a las obras y servicios municipales 2020-2023, bienio 2022-2023, atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de Fuente Palmera, en el sentido del cambio de sistema de ejecución de la actuación EDIFICIO DESTINADO A NUEVO CENTRO CULTURAL POLIVALENTE, asumiendo el Ayuntamiento la tramitación, gestión de la redacción del proyecto técnico, dirección de la obra y licitación de la misma, por el mismo importe de 531.726,00 €.
Quedando, la actuación del Plan Provincial 2022-2023, como a continuación se indica:
DENOMINACIÓN ACTUACIÓN |
1 ER BIENIO |
2º BIENIO |
TOTAL ACTUACIÓN |
SISTEMA EJECUCIÓN |
||
SUBVENCIÓN |
APORTACIÓN LOCAL |
SUBVENCIÓN |
APORTACIÓN LOCAL |
|||
EDIFICIO DESTINADO A NUEVO CENTRO CULTURAL POLIVALENTE |
0,00 € |
0,00 € |
531.726,00 € |
0,00 € |
531.726,00€ |
CONTRATACIÓN ENTIDAD LOCAL |
Segundo. Autorizar al Ayuntamiento de Fuente Palmera a ejecutar la mencionada actuación, por el sistema de Contratación, debiendo cumplir las siguientes condiciones:
a) La ejecución de las obras se ajustará a la normativa vigente, en especial a lo dispuesto en la normativa que regula la Contratación en el Sector Público, y en el RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas sobre Seguridad y Salud en las obras de construcción. La dirección y coordinación de seguridad y salud se llevará a cabo por técnico legalmente capacitado y que libremente designe la Entidad Local, debiendo asimismo comunicar dicha designación a esta Diputación Provincial.
b) La Entidad Local deberá efectuar la licitación y adjudicación de las obras conforme al proyecto aprobado, por un presupuesto máximo igual a la cantidad aprobada, ya que cualquier exceso sobre esta cantidad correrá a cargo exclusivo de la Entidad Local. Una vez efectuada la adjudicación, se remitirá el correspondiente acuerdo a la Diputación Provincial. En ningún caso podrán fraccionarse las obras a licitar y, por consiguiente, fragmentar el contrato a celebrar.
c) La supervisión de los Proyectos, los documentos técnicos redactados y la ejecución de las obras corresponden a los Servicios Técnicos de esta Diputación Provincial que, en su momento, designarán al técnico supervisor, debiendo la Entidad Local comunicar, en todo caso, el inicio y finalización de la actuación, así como cualquier incidencia de interés que acontezca en la obra (tales como Modificados, etc).
d) El pago de las aportaciones que financian las obras se realizará por transferencia anticipada, siempre que exista disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán comenzar la actuación (inicio del expediente de contratación administrativa) hasta que no haya sido supervisado el Proyecto Técnico de la obra por los Servicios Técnicos de esta Diputación Provincial, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de los Criterios del Plan Provincial.
e) La justificación de la asignación económica otorgada deberá aportarse a la finalización de las actuaciones, debiendo de remitir la documentación que se especifica en el artículo 14 de los Criterios de Elaboración y Aprobación del mencionado Plan Provincial.
f) Toda la documentación técnica remitida por las Entidades Locales será supervisada por los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial de Córdoba.
g) El Ayuntamiento asume la responsabilidad exclusiva del cumplimiento de los plazos legales de abono a los contratistas adjudicatarios de las correspondientes certificaciones de obra.
Este documento lo firma electrónicamente en Córdoba, a 19 de abril de 2024, el Sr. Vicepresidente 1º, Diputado Delegado de Infraestructuras, Sostenibilidad y Agricultura de la Excma. Diputación Provincial, Andrés Lorite Lorite.