Boletín nº 3 (07-01-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 12.636/2009

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en este Juzgado, se siguen los Autos núm. 682/2009, sobre Social Ordinario, a instancia de Antonio Heredia de la Cruz contra INSS, TGSS, Los Olivos de Carmona, S.A. y Mutua de Ceuta Smat (CESMA), en la que con fecha 9 de diciembre de 2009 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

FALLO:

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que no es firme porque contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes hábiles a la notificación, e interponerse conforme a lo prescrito en los artículos 193 y 194 de la L.P.L., recurso que será resuelto por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Que desestimando como desestimo íntegramente la demanda que ha originado estos Autos, presentada por don Antonio Heredia de la Cruz, debo absolver y absuelvo a las demandadas, CESMA, el INSS, la TGSS y Los Olivos de Carmona, S.L. de los pedimentos contenidos en la misma

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a Los Olivos de Carmona, S.A., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Córdoba, a 15 de diciembre de 2009.- La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.

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