Boletín nº 5 (12-01-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 1
Córdoba
Nº. 12.736/2009
D. Manuel Miguel García Suárez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Numero 1 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 88/2009 a instancia de la parte actora D. Miguel Toledano Cuenca y Juan Alberto Muñoz Moriana contra Legno Complementos S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
AUTO
En Córdoba, a once de diciembre de dos mil nueve.
PARTE DISPOSITIVA
Declarar al ejecutado Legno Complementos S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de suma de 2.924,97 euros más 292,49 euros a D. Miguel Toledano Cuenca y 2.679,11 euros más 267,91 euros a D. Juan Alberto Muñoz Moriana. en concepto de principal, más 232 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndose a la entidad ejecutada por medio de edicto en BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de Cinco Días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto nº 1444/0000/64/0088/09, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.
De conformidad con el articulo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, en la redacción dada por la ley 22/2003 de 9 de Julio, Concursal, remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Luis de Arcos Pérez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Numero 1 de Córdoba.
El/La Magistrado-Juez
Y para que sirva de notificación al demandado Legno Complementos S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 11 de julio de 2009. El Secretario Judicial, Manuel Miguel García Suárez.