Boletín nº 6 (13-01-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento La Carlota
Negociado de Urbanismo.

Nº. 12.890/2009

RAFAELA CRESPIN RUBIO, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA (CORDOBA), HAGO SABER:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada con fecha 27-11-09, aprobó mediante acuerdo motivado la Rectificación de error material de la aprobación del Proyecto de Actuación para la instalación de PLANTA FOTOVOLTAICA DE 9'8 MW en Políg. 4 parc. 52, 53, 54, 55, 203 y 218 de este Término Municipal, presentado a instancia de MAGTEL REDES DE TELECOMUNICACIONES S.A. , cuyo literal es el siguiente:

DÉCIMO CUARTO.- APROBAR, SI PROCEDE, RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL PRODUCIDO EN ACUERDO ADOPTADO POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 24 DE ABRIL DE 2009 RELATIVO A PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA LA IMPLANTACIÓN EN SUELO NO URBANIZABLE DE PLANTA FOTOVOLTAICA DE 9,8 MW, PROMOVIDA POR MAGTEL REDES DE TELECOMUNICACIONES S.A.

Por la Sra. Alcaldesa-Presidenta, Dª Rafaela Crespín Rubio (PSOE) se dio cuenta al resto de miembros de la Corporación asistentes del dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo, Infraestructuras, Servicios Urbanos y Medio Ambiente, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de Noviembre de 2009, sobre la propuesta relativa a rectificación de error material producido en el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 24 de Abril de 2009, relativo al proyecto de actuación para la implantación en suelo no urbanizable de planta fotovoltaica de 98 MW, promovida por Magtel Redes de Telecomunicaciones, S.A., cuyo tenor literal es transcrito a continuación:

«PROPUESTA DE LA ALCALDÍA RELATIVA A LA RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL PRODUCIDO EN ACUERDO ADOPTADO POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 24 DE ABRIL DE 2009 RELATIVO A PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA LA IMPLANTACIÓN EN SUELO NO URBANIZABLE DE PLANTA FOTOVOLTAICA DE 9,8 MW, PROMOVIDA POR MAGTEL REDES DE TELECOMUNICACIONES S.A.

Visto que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de febrero de 2008, adoptó el acuerdo relativo a la aprobación del Proyecto de Actuación para la implantación en suelo no urbanizable de planta fotovoltaica de 9,8 MW, promovida por Magtel Redes de Telecomunicaciones S.A.

Visto que en dicho acuerdo existía un error material en lo referente a la ubicación de la instalación de forma que donde dice: //&// parcelas 204, 218, 52, 53 y 55, Polígono 4 del Catastro de Rústica //&// debe decir: //&// parcelas 203, 218, 52, 53 y 55, Polígono 4 del Catastro de Rústica //&//

Visto que dicho error fue rectificado por el Pleno de la Corporación en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de abril de 2009.

Visto que en dicha rectificación se ha vuelto a producir un error, de forma que donde dice: //&// parcelas 203, 218, 52, 53 y 55, Polígono 4 del Catastro de Rústica //&// debe decir: //&// parcelas 203, 218, 52, 53, 54 y 55, Polígono 4 del Catastro de Rústica //&//

Considerando lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normativa aplicable.

Atendido lo anterior, propongo al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Rectificar el error material producido en el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 24 de abril de 2009, relativo a la aprobación del Proyecto de Actuación para la implantación en suelo no urbanizable de planta fotovoltaica de 9,8 MW, promovida por Magtel Redes de Telecomunicaciones S.A. , de forma que donde dice: //&// parcelas 204, 218, 52, 53 y 55, Polígono 4 del Catastro de Rústica //&// debe decir: //&// parcelas 203, 218, 52, 53, 54 y 55, Polígono 4 del Catastro de Rústica //&//

SEGUNDO.- Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

TERCERO.- Dar traslado de los presentes acuerdos al interesado y a la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes para su conocimiento y efectos oportunos.

CUARTO.- Dar traslado de los presentes acuerdos al Servicio Municipal de Urbanismo y de Intervención.

De conformidad con lo prevenido en el art. 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, contra el Acuerdo transcrito, definitivo en vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el mismo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la presente notificación, o bien, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, conforme a lo dispuesto en el art. 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Contra el acto o acuerdo que resuelva el recurso de reposición se podrá interponer igualmente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el art. 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.,de acuerdo con lo establecido en el artículo 43º-f de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, de 17 de diciembre.

La Carlota, 22 de diciembre de 2009.-La Alcaldesa, Rafaela Crespín Rubio.

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