Boletín nº 7 (14-01-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 12.955/2009

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número 4 d Córdoba. Hacer saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 246/2009, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Manuel López Muñoz contra Cantera Palacios Belmes, S.L. en la que con fecha 25/11/09 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, D./Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba, acuerda:

Primero: La ejecución en vía de apremio y se decreta, sin previo requerimiento, el embargo de bienes de la empresa Cantera Palacios Belmes S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 6.900,48 euros en concepto de principal, más 690 euros presupuestados para costas, gastos e intereses, sin perjuicio de ulterior y definitiva liquidación.

Segundo: Requiérase al demandado/a para que informe a este Juzgado sobre bienes o derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión en su caso, de cargas y gravámenes, personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre los bienes y de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución; y en el caso de inmuebles si están ocupados, por qué personas y con qué título, con los apercibimientos derivados del Art. 589.2 y 3 de la LEC; advirtiéndole que podrá evitar el embargo pagando o consignando la cantidad por la que se hubiere despachado ejecución (Art. 247.1 de LPL y 589.1 LEC).

Tercero: Requiérase al ejecutante para que en su caso inste las medidas de localización e investigación previstas en el Art. 590 de la LEC.

Cuarto: Para su efectividad, dirijase oficio a los organismos competentes para conocer la solvencia del deudor.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe plantear oposición ante este Juzgado, en el plazo de diez días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Istmo/a. Sr./Sra. D./Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba. Doy fe.

El/La Magistrado-Juez El/La Secretario/a

Y para que sirva de notificación en forma a Cantera Palacios Belmez S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba, a 18 de diciembre de 2009. El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.

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