Boletín nº 8 (15-01-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 29/2010

D/Dª Don Manuel Miguel García Suárez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Numero 1 de Córdoba. Hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 12/2009 a instancia de la parte actora D/Dª. Pedro Ángel Cabrera López contra Omega Elevator Sur S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución cuya dispositiva es del tenor literal siguiente:

AUTO

En Córdoba, a doce de febrero de dos mil nueve.

PARTE DISPOSITIVA

S.Sª. Iltma. Dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 450 euros en concepto de principal, más la de 90 euros calculadas para intereses y costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario , a cuyo efecto líbrese exhorto al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Lucena, sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma al Agente Judicial de dicho Juzgado, para que, asistido de Secretario o funcionario habilitado para ello, se lleven a efecto las diligencias acordadas, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si fuese necesario.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado requiérase al ejecutante y al ejecutado para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo sin perjuicio de lo cual líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid y al Ayuntamiento de Lucena a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. Luis de Arcos Pérez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Numero 1 de Córdoba.

El/La Magistrado-Juez

Y para que sirva de notificación al demandado Omega Elevator Sur S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 23 de diciembre de 2009. El/La Secretario/a Judicial, Manuel Miguel García Suárez.

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