Boletín nº 9 (18-01-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 81/2010
A N U N C I O
No habiéndose formulado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 4 de noviembre de 2009, por el que se procedía a la subsanación de error material en la redacción de la Ordenanza que regula la Tasa por Depuración de Aguas Residuales de este Ayuntamiento, las subsanaciones se entienden definitivamente adoptadas, de conformidad con lo determinado en el articulo 17.3 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, siendo el texto íntegro de las mismas, el siguiente:
Artículo 5.- Cuota Tributaria, apartado 1 a).- Donde dice: Cuota fija por la disponibilidad del servicio: La cantidad a satisfacer será de 4,7919 euros por abonado y mes (4.7919 €(ab y mes ), debe decir: Cuota fija por la disponibilidad del servicio: La cantidad a satisfacer será de 4,7919 euros por abonado y trimestre (4.7919 €(ab y trimestre ).
Lo que se hace público para general conocimiento.
Montilla a 29 de diciembre de 2009.- La Alcaldesa, Rosa Lucia Polonio Contreras.