Boletín nº 13 (25-01-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 149/2010

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 175/2009, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Julio Salido Monje contra Santa Victoria Joyeros S.L., en la que con fecha 2/12/09 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

   S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 6.469,80 euros en concepto de principal, más la de 600 € calculadas para intereses y costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

   Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado requiérase al ejecutante y al ejecutado para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo sin perjuicio de lo cual líbrense oficios al Servicio de Indices en Madrid y Organismos competentes, para conocer la solvencia de la deudora.

   Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

   Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Iltma. Sra. Dª Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe.

   El/La Magistrado-Juez El/La Secretario/a

   Y para que sirva de notificación en forma a Santa Victoria Joyeros S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

   En Córdoba, a 2 de diciembre de 2009.El/La Secretario Judicial, firma ilegible.

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